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Aviso - INDICE - parte 1 - 1.2 - 1.3parte 2 - 2.2 - 2.3 - 2.4 - 2.5 - 2.6 - Anexos

 

Órgano de contratación: Comisión Europea Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos - Programa México Guía para los solicitantes de subvenciones Línea presupuestaria: 21.04.01

Referencia: EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX Plazo de presentación1 de los documentos de síntesis: 07/05/2019 a las 23:00h (Fecha y hora de Bruselas)

 1 La presentación en línea a través de PROSPECT es obligatoria para la presente co EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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AVISO

 En primer lugar, solo los documentos de síntesis (Parte A del formulario de solicitud de subvención) deberán presentarse para su evaluación. Posteriormente, los solicitantes preseleccionados serán invitados a presentar un formulario completo de solicitud. Después de la evaluación de las solicitudes completas, se llevará a cabo una verificación de la elegibilidad de aquellos que hayan sido provisionalmente seleccionados. Esta verificación se realizará a partir de los documentos justificativos solicitados por el Órgano de Contratación y la «declaración del solicitante principal» firmada y enviada junto con la solicitud completa.

Siempre que sea pertinente, las propuestas plantearán enfoques o metodologías innovadores, se centrarán en las necesidades y los desafíos que tengan grupos específicos que vivan fuera de las capitales y en áreas remotas o fomentarán la constitución y capacitación de redes de organizaciones locales y de los agentes que las implementen, inclusive a nivel regional. Se otorgará prioridad a las propuestas presentadas por organizaciones locales como solicitantes principales para promover la apropiación de las acciones y el liderazgo local. Todas las propuestas deberán contar como mínimo con un solicitante y un co-solicitante, conforme a lo establecido en las páginas 16 y 17 de este documento. Todas las propuestas deberán incluir Ayuda financiera a terceros conforme a lo señalado en la página 20 de este documento. Es esencial que el enfoque de incidencia en políticas públicas incluya un análisis participativo de evidencia y una estrategia de diálogo para contribuir en la definición, elaboración, implementación, monitoreo y evaluación de políticas con las instituciones locales, estatales y federales relacionadas con las áreas de derechos humanos objeto de las propuestas. Las acciones deberán ser sostenibles y replicables. Las propuestas también deberán estar diseñadas con base en los principios de enfoque en derechos humanos 2 , no dejar a nadie atrás, transversalidad de la igualdad de género y estar enmarcadas en la Agenda 2030.3 . 2 Documento de trabajo: Un enfoque basado en los derechos: Integración de todos los Derechos Humanos en la cooperación para el desarrollo de la UE https://ec.europa.eu/europeaid/sites/devco/files/online_170621_eidhr_rba_toolbox_es_a5_lc.pdf Más información en: https://ec.europa.eu/europeaid/sectors/rights-based-approach-development-cooperation_en 3 Más información en: https://ec.europa.eu/europeaid/sectors/human-rights-and-governance/gender_en

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 Índice

1.INTRUMENTO EUROPEO PARA LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS - PROGRAMA MÉXICO

1.1. Antecedentes

1.2. Objetivos del programa y prioridades

 1.3. Dotación financiera asignada por el Órgano de Contratación 15

 2. NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 16

2.1. Criterios de elegibilidad  16

2.1.1. Elegibilidad de los solicitantes (es decir, solicitante principal y cosolicitantes) 16

2.1.2. Entidades afiliadas 17

2.1.3. Asociados y contratistas. 19

2.1.4. Acciones elegibles: acciones para las cuales se puede presentar una solicitud 19

2.1.5. Elegibilidad de los costes: costes que pueden incluirse22

2.2. Presentación de la solicitud y procedimientos 27

2.2.1. Contenido del documento de síntesis 27

2.2.2. Dónde y cómo enviar los documentos de síntesis  28

2.2.3. Plazo de presentación de los documentos de síntesis 28

 2.2.4. Información adicional sobre los documentos de síntesis  29

2.2.5. Solicitudes completas 29

2.2.6. Dónde y cómo enviar las solicitudes completas 30

2.2.7. Plazo de presentación de las solicitudes completas  31

 2.2.8. Información adicional sobre las solicitudes completas  31

2.3. Evaluación y selección de las solicitudes 31

2.4. Presentación de documentos justificativos de las solicitudes seleccionadas provisionalmente38

2.5. Notificación de la decisión del Órgano de Contratación  39

2.5.1. Contenido de la Decisión 39

2.5.2. Calendario orientativo. 40

2.6. Condiciones aplicables a la ejecución de la acción tras la decisión del Órgano de Contratación de conceder una subvención 42

3. LISTA DE ANEXOS 42 EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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1. INTRUMENTO EUROPEO PARA LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS - PROGRAMA MÉXICO

globe-logo.png1.1. ANTECEDENTES

El enfoque de la acción exterior de la Unión Europea está basado en los derechos humanos, tal y como lo señala el Plan de Acción en Derechos Humanos y Democracia (2015 – 2019), lo cual se reitera en el Consenso Europeo para el Desarrollo4 , comunicación de la Comisión Europea de 22 de noviembre de 2016, ver en especial su párrafo 20. Dicha Comunicación enfatiza la atención a todos los derechos humanos, a la promoción de la inclusión y participación, la no-discriminación, la igualdad y la equidad, y la transparencia y la rendición de cuentas; todo ello en coherencia con el objetivo principal de la política de desarrollo de la Unión Europea, que sigue siendo la erradicación de la pobreza. Lo anterior en complementariedad con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que representa el marco internacional renovado para erradicar la pobreza y alcanzar un desarrollo inclusivo y sostenible.

El Reglamento 235/20145 de marzo 11 de 2014 establece el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos para el periodo 2014 – 2020 que tiene como finalidad: "a) Apoyar, desarrollar y consolidar la democracia en los terceros países, mediante el refuerzo de la democracia participativa y representativa, el fortalecimiento del ciclo democrático global, en particular mediante el refuerzo del papel activo de la sociedad civil dentro de dicho ciclo, el Estado de Derecho y el aumento de la fiabilidad de los procesos electorales, en particular mediante las misiones de observación electoral."

A través del Esquema de apoyo a países el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos busca fortalecer el rol de la sociedad civil en la promoción de los derechos humanos y las reformas democráticas, apoyar la conciliación pacífica de los grupos de intereses y la consolidación de la participación y la representación políticas. Este programa tiene como objetivos adicionales el contribuir a través del apoyo a organizaciones locales de la sociedad civil, a la lucha contra la discriminación a cualquier nivel, al desarrollo de la participación equitativa de hombres y mujeres en los ámbitos social, económico y político, además de promover los derechos económicos sociales y culturales.

 Este Esquema de apoyo a países cuenta con la contribución financiera de la Comisión Europea, es implementado por organizaciones no gubernamentales y administrado directamente por las Delegaciones de la Unión Europea en por lo menos 138 países.

 

globe-logo.png1.2. OBJETIVOS DEL PROGRAMA Y PRIORIDADES

 Los objetivos principales del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos 6 a nivel global son:

1. Apoyo a los derechos humanos y a los defensores de los derechos humanos en las situaciones que los colocan en mayor riesgo.

2. Apoyo a otras prioridades de la Unión en el ámbito de los derechos humanos.

 3. Apoyo a la democracia.

 4. Observación electoral por parte de la Unión Europea.

 5. Apoyo a actores y procesos específicos clave, incluidos instrumentos y mecanismos internacionales y regionales en el ámbito de los derechos humanos.

4 https://ec.europa.eu/europeaid/proposal-new-european-consensus-development_en 5 Reglamento Nº 235/2014 en: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2014:077:0085:0094:ES:PDF 6 Ver Anexo Objetivos y prioridades específicos del IEDDH del Reglamento Nº 235/2014 pie de página Nº 5

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De acuerdo con los objetivos del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos el objetivo global de esta convocatoria de propuestas es: Reforzar el papel de la sociedad civil mexicana en la promoción de los derechos humanos y de las reformas democráticas, en el fomento de la conciliación pacífica de los intereses de diferentes grupos y en la ampliación de la participación y la representación políticas.

Los objetivos específicos de la presente convocatoria de propuestas son:

1) En el marco de los acuerdos del Diálogo de Alto Nivel en Derechos Humanos Unión Europea – México, hacer incidencia en políticas públicas en materia de: a) protección a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas en riesgo, a nivel federal y en especial a nivel estatal; b) generar legislación y mecanismos de prevención, atención a familiares, investigación de casos de desaparición y desaparición forzada de personas; c) prevención, erradicación y sanción de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes. 2) Hacer incidencia y contribuir a la definición, implementación y monitoreo de políticas públicas relacionadas con la protección de los derechos humanos de las personas migrantes, en especial niñas, niños y adolescentes migrantes acompañados y/o no acompañados a nivel local, estatal y federal.

3) Hacer incidencia y contribuir a la definición, implementación y monitoreo de políticas públicas en materia de superación de la impunidad a nivel federal y estatal.

4) Hacer incidencia en políticas públicas complementarias a las actividades realizadas por la Iniciativa Spotlight sobre erradicación del feminicidio en México a nivel estatal, en particular apoyo para hacer efectivas las alertas de género y el acceso a la justicia y el acompañamiento de las víctimas.

Cada acción deberá estar enfocada en por lo menos uno de los seis objetivos específicos anteriores (1) a); 1) b); 1) c); 2); 3) o 4) y, debe cubrir por lo menos 3 prioridades de las listadas para cada uno de los objetivos específicos en las tablas incluidas en las páginas 6, 8, 9, 10, 12 y 13. La lista de actividades elegibles se da a título indicativo, salvo la ayuda financiera a terceros que es obligatoria.

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Las prioridades y resultados previstos de la presente convocatoria de propuestas son:

1) En el marco de los acuerdos del Diálogo de Alto Nivel en Derechos Humanos Unión Europea – México, hacer incidencia en políticas públicas en materia de:

a) Protección a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas en riesgo, a nivel federal y en especial a nivel estatal;

 Las "Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos 7 " tienen como fin "apoyar y reforzar la labor de promoción y estímulo del respeto del derecho a defender los derechos humanos". En este sentido, establece una serie de medidas de apoyo a las personas defensoras entre las que se encuentra el respaldo a los defensores y a las organizaciones de la sociedad civil que promueven y protegen las actividades de éstos, mediante actividades dirigidas al incremento de capacidades, campañas de sensibilización, facilitando la cooperación entre ONG, defensores de derechos humanos e instituciones públicas a través del fomento a la creación de redes de defensores, garantizando que las personas defensoras de derechos humanos tengan acceso a recursos, a garantizar programas de formación y a prever medidas para ayudar y proteger a los defensores de los derechos humanos en riesgo. En este mismo sentido, las "Directrices de la Unión Europea sobre la violencia contra las mujeres y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas"8 establecen en el numeral 3.2.2 d) el deber de apoyar a personas defensoras de los derechos de las mujeres y a defensoras de derechos humanos.

Así mismo, las "Directrices de la UE sobre derechos humanos relativas a la libertad de expresión en Internet y fuera de Internet"9 establecidas por la Unión Europea con la finalidad de "…reiterar su determinación de fomentar en su política exterior en materia de derechos humanos la libertad de opinión y de expresión…", señalan la necesidad de brindar protección a los periodistas en el mismo marco de protección a las personas defensoras de derechos humanos, además de establecer una definición amplia de la profesión de periodista y de establecer a través del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos el deber de proteger a los periodistas que enfrenten amenazas inmediatas y de promover la libertad de opinión y de expresión, prestando ayuda al fortalecimiento de capacidades de las personas defensoras de derechos humanos, periodistas y demás actores de los medios de comunicación.

Prioridades

 Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de obtener medidas que fortalezcan y permitan la implementación y fortalecimiento de los mecanismos de protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas a nivel federal y estatal. Dichas medidas de protección deberán tener un enfoque diferenciado para mujeres, líderes indígenas, defensores del medio ambiente y personas LGBTI. . Fortalecer las organizaciones de la sociedad civil y a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas que trabajan de forma participativa y orientados a la promoción y defensa de los derechos de migrantes, mujeres, indígenas, niñas y niños, población LGBTI, defensa de la tierra y el territorio, derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, en particular a aquellos que desempeñan su labor de forma aislada o en áreas remotas del país. . Prestación de ayuda financiera, material y técnica directa y otro tipo de apoyo tangible para que las personas defensoras de los derechos humanos y periodistas puedan llevar a cabo su labor, así como el fortalecimiento de sus capacidades, incluidas las organizativas y financieras, con el fin de garantizar la sostenibilidad de sus acciones en el futuro; . Sensibilización de la opinión pública a través de diversos medios, en especial a nivel estatal y local, sobre el ejercicio de sus derechos y en especial sobre la labor y el papel de las personas defensoras y periodistas en la promoción y la defensa de la democracia y los derechos humanos, a fin de promover la importancia de su trabajo en el fortalecimiento de la democracia.

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Resultados .

Mecanismos de protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas o medidas concretas de protección a nivel estatal y/o local. Fortalecimiento de los mecanismos existentes. . Articulación de actividades de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas con instituciones públicas de nivel federal, estatal y local. . Fortalecimiento de las capacidades de las personas defensoras de los derechos humanos y periodistas y, las organizaciones de la sociedad civil, por ejemplo, mayores conocimientos y recursos en materia de defensa jurídica, actividades de definición, implementación y promoción de políticas públicas y acceso a los mecanismos internacionales de apoyo y de derechos humanos; . Mejora de las capacidades técnicas, financieras y de gestión; mayor seguridad para los defensores de los derechos humanos, lo que incluye prácticas digitales seguras, protocolos de actuación, mecanismos y manuales de autoprotección, y análisis de riesgos, con atención especial a aquellos defensores y periodistas que trabajan de forma aislada o en áreas remotas del país, incluyendo conformación de redes de apoyo; . Construcción de espacios de diálogo y debate públicos a nivel federal, estatal y local sobre derechos humanos, democracia o temas específicos conexos a los referidos en el objetivo 1 a); . Capacitación a personas defensoras de derechos humanos, incluidos abogados y periodistas, para fortalecer sus actividades profesionales; . Mayor acceso a una información libre e independiente, incluido internet, y elusión de la cibercensura; . Análisis de contexto e identificación de actores generadores de violencia contra personas defensoras y periodistas, y puesta en conocimiento para las acciones legales necesarias. . Visibilización del trabajo de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas y su importancia en la consolidación de la democracia y el respeto de los derechos humanos.

 

7 http://register.consilium.europa.eu/pdf/es/08/st16/st16332-re02.es08.pdf 8 http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cmsupload/16173.es08.pdf 9 Ver numerales 4, 7, 47 y 69 de la Directrices en: http://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-9647-2014-INIT/es/pdf EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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 b) Generar legislación y mecanismos de prevención, atención a familiares, investigación de casos de desaparición y desaparición forzada de personas;

 El Informe de la visita a México del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias 10 de diciembre 20 de 2011, realizó una serie de recomendaciones a México referidas a la desaparición de personas en el país, específicamente sobre la necesidad de mejorar el marco legal, las medidas preventivas y de seguridad, el derecho a la justicia, a la protección judicial, a la verdad, la reparación y medidas especiales para grupos vulnerables. Este informe de misión fue ampliado en 2012. En septiembre 11 de 2015, fue emitido un informe de seguimiento (A/HRC/30/38/Add.4)11 .

México firmó y ratificó la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Las organizaciones de la sociedad civil, así como los familiares de las personas desaparecidas y sus colectivos, juegan un papel importante en el cumplimiento de las recomendaciones tanto del Grupo de Trabajo y del Comité de las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas, del Examen P

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El país enfrenta grandes retos en materia de desaparición de personas. De acuerdo con registros oficiales, hay alrededor de 40.000 personas desaparecidas o no localizadas desde 200612. Este número puede ser más alto considerando que no todos los casos de desaparición son denunciados.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Sentencia del Caso Alvarado Espinoza y otros Vs. México de noviembre 28 de 201813 "verificó la existencia de un contexto de desapariciones… en México".

Prioridades

Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de que México avance en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre desaparición de personas. . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de obtener e implementar el marco legal a nivel federal y estatal en materia de desaparición forzada de personas, conforme a estándares internacionales, . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de crear programas, mecanismos, protocolos estandarizados a nivel federal, estatal y local que prevengan la desaparición de personas, permitan la búsqueda rápida de personas desaparecidas, incluyendo las investigaciones coordinadas, eficaces y efectivas sobre las desapariciones; . Hacer incidencia en políticas públicas a nivel federal, estatal y local con el fin de generar una base de datos nacional sobre personas desaparecidas que incorpore: a) datos biológicos tales como ADN, así como identificación ante-mortem y postmortem y, b) información sobre restos no identificados y tratamiento de cadáveres. Dicha base de datos debería permitir el intercambio inmediato de información, con el fin de posibilitar la identificación de personas desaparecidas; . Hacer un análisis de la legislación federal, estatal y/o local, sobre la regulación de las fosas comunes y el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas, con el fin de generar legislación armonizada que permita la identificación de restos. . Brindar ayuda financiera, material y técnica directa y otro tipo de apoyo tangible para que los colectivos de los familiares de desaparecidos y las organizaciones que los representan puedan llevar a cabo su labor, incluida la asistencia jurídica y psicosocial, y la atención integral a los familiares, así como el fortalecimiento de sus capacidades, incluidas las organizativas y financieras, con el fin de garantizar la sostenibilidad de sus acciones de prevención, búsqueda, investigación y apoyo a las víctimas; así como llevar a cabo campañas de sensibilización de la opinión pública en los niveles federal, estatal y local sobre el fenómeno de la desaparición, la labor y el papel de las organizaciones de la sociedad civil y los colectivos de familiares de desaparecidos. . Generar intercambio de información entre diferentes instancias gubernamentales y no gubernamentales con el fin de encontrar personas desaparecidas.

.

Resultados .

Aumento del diálogo y el debate públicos a nivel federal, estatal y local sobre desaparición y desaparición forzada de personas, que permitan la adopción e implementación del marco legal en la materia, así como el reconocimiento de la competencia del Comité de la Organización de las Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada; dar a conocer el contenido de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y de sus órganos de protección. . Apoyo a la creación e implementación de programas, mecanismos, protocolos estandarizados a nivel federal, estatal y local sobre la prevención, investigación y búsqueda de personas desaparecidas; así como protocolos forenses que permitan la identificación de personas desaparecidas; . Apoyo para la creación de la base de datos a nivel nacional, estatal y local sobre desaparecidos que incorpore datos biológicos tales como ADN e identificación antemortem y post-mortem así como sobre restos no identificados. Intercambio de información entre diferentes bases de datos ya existentes. . Tener intercambios de buenas prácticas a nivel nacional e internacional; . Mecanismos para permitir la creación, fortalecimiento y mejora, así como el monitoreo de las comisiones de atención a víctimas a nivel federal, estatal y local.

12 Ver Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas – RNPED en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/rnped/consulta-publica.php 13 http://www.corteidh.or.cr/CF/Jurisprudencia2/index.cfm?lang=es&nId_Estado=22

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 c) Prevención, erradicación y sanción de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes.

Las "Directrices sobre la Política de la UE frente a Terceros Países en Relación con la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes14" establecen: "La lucha contra la tortura y los malos tratos y la prevención de estos fenómenos se considerarán una cuestión prioritaria en la cooperación bilateral y multilateral tendente a fomentar los derechos humanos mediante, por ejemplo, la colaboración con la sociedad civil, incluidos el ámbito jurídico y el de la formación. Deberá prestarse especial atención a dicha cooperación en el marco del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos."

 La Adición sobre la Misión a México del Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de diciembre 29 de 2014 (A/HRC/28/68/Add.3)15 señala: "El Relator Especial llama al Gobierno a implementar prontamente sus recomendaciones y a la comunidad internacional a asistir a México en su lucha para eliminar la tortura y los malos tratos, revertir la impunidad y garantizar la reparación integral de las víctimas".

Prioridades

 Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de que México avance en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre prevención, erradicación y sanción de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes. . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de obtener e implementar un marco legal a nivel federal y estatal en materia de prevención, erradicación y sanción de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes, conforme a estándares internacionales, . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de crear e implementar programas, mecanismos, protocolos estandarizados a nivel federal, estatal y local que permitan la identificación de casos de tortura, así como el fomento de la prevención, erradicación y sanción de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes, incluyendo las investigaciones coordinadas, eficaces y efectivas sobre la materia que permitan la superación de la impunidad. Así mismo hacer incidencia para que las políticas públicas existentes en la materia sean aplicadas; . Prestación de ayuda financiera, material y técnica directa y otro tipo de apoyo tangible para que las víctimas de tortura, sus familiares y las organizaciones que los representan puedan llevar a cabo su labor, incluido el acompañamiento y asistencia jurídica y atención integral a las víctimas y sus familiares, así como el fortalecimiento de sus capacidades, incluidas las organizativas y financieras, con el fin de . garantizar la sostenibilidad de sus acciones de prevención, atención, investigación y apoyo a las víctimas; así como llevar a cabo campañas de sensibilización de la opinión pública en los niveles federal, estatal y local sobre el fenómeno de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes, la labor y el papel de las organizaciones de la sociedad civil y de los familiares. .

 

Resultados .

Aumento del diálogo y el debate públicos, en particular en los parlamentos a nivel federal y estatal, sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que permitan la adopción e implementación del marco legal en la materia conforme a estándares internacionales, . Promoción del marco internacional y regional para la prevención de la tortura a través de programas educativos, de formación y sensibilización sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y su Protocolo Facultativo y otros instrumentos y mecanismos regionales e internacionales pertinentes en materia de derechos humanos con el fin de lograr su plena implementación; . Apoyo a la creación e implementación de programas, mecanismos, protocolos, directrices estandarizados a nivel federal, estatal y/o local sobre la prevención, erradicación, investigación y sanción de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; así como protocolos que permitan la identificación de actos de tortura. Así mismo, llevar a cabo la capacitación de operadores de justicia y ministerios públicos sobre los mismos; . Apoyo a la creación e implementación de programas, mecanismos, protocolos, directrices estandarizados a nivel federal, estatal y/o local sobre el uso de la fuerza en conformidad con principios internacionales, así como brindar capacitación a los operadores de seguridad. . Tener intercambios de buenas prácticas a nivel nacional e internacional; Llevar a cabo actividades de formación en la materia con miembros de las organizaciones de la sociedad civil y autoridades. . General mecanismos para permitir la creación, fortalecimiento y mejora, así como el monitoreo de las comisiones de atención a víctimas a nivel federal, estatal y local.

 

14 Ver en: http://www.europarl.europa.eu/meetdocs/2004_2009/documents/fd/200/200605/20060504_guidelines_torture_es.pdf 15 Ver página 1 Resumen en: http://www.hchr.org.mx/images/doc_pub/G1425291.pdf

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2) Hacer incidencia y contribuir a la definición, implementación y monitoreo de políticas públicas relacionadas con la protección de los derechos humanos de las personas migrantes, en especial niñas, niños y adolescentes migrantes acompañados y/o no acompañados a nivel local, estatal y federal.

El informe OEA/Ser.L/V/II. Doc. 48/13 de diciembre 30 de 2013 "Derechos Humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México"16 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala:

"3. En la actualidad México se caracteriza por ser un país de origen, tránsito, destino y cada vez en mayor medida de retorno de migrantes. México representa una antesala obligada de flujos migratorios mixtos, los cuales comprenden miles de migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y víctimas de trata de personas que tienen por destino principal los Estados Unidos de América y en menor medida Canadá. De los países del continente americano, México es, sin lugar a dudas, el que refleja de forma más clara las diferentes facetas de la migración internacional a nivel de un país. El gran impacto que tiene la migración internacional en México, en particular como un país de origen de migrantes, han hecho que a nivel internacional se haya caracterizado por ser uno de los Estados que más ha impulsado y abogado por el reconocimiento y la protección de los derechos humanos de todos los migrantes."

"5. Si bien la grave situación de inseguridad por la que atraviesa México ha tenido graves efectos en la población mexicana, esta situación también ha evidenciado la extrema vulnerabilidad a la que se encuentran expuestas las personas migrantes en México, en particular los migrantes en situación irregular en tránsito por México."

La situación de los niños, niñas y adolescentes no acompañados migrando a través de México es crítica. En los últimos años hubo un incremento del número de personas migrantes que requieren protección internacional en la ruta migratoria a través de México, migrando algunos en grupo a través de las llamadas "caravanas". De acuerdo con información de UNICEF más de 30.000 niños migrantes estuvieron en centros de detención en 2018 en México17. Aunque hay una mejoría en la situación debido al cambio de la política migratoria del actual gobierno mexicano, es necesario apoyar las iniciativas en curso para la atención de la población migrante.

Prioridades

Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de que México avance en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre derechos humanos de los migrantes en particular niñas, niños y adolescentes; . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de obtener e implementar el marco legal a nivel federal en materia de derechos humanos de los migrantes, conforme a estándares internacionales, . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de crear e implementar programas, mecanismos, protocolos estandarizados a nivel federal, estatal y local que permitan la protección de los derechos humanos de los migrantes en especial de las niñas, niños y adolescentes, incluyendo las investigaciones coordinadas, eficaces y efectivas; . Prestación de ayuda financiera, material y técnica directa y otro tipo de apoyo tangible para que las organizaciones que apoyan a los migrantes, en particular niñas, niños y adolescentes puedan llevar a cabo su labor, incluida la asistencia jurídica y la atención integral, así como el fortalecimiento de sus capacidades, incluidas las organizativas y financieras, con el fin de garantizar la sostenibilidad de sus acciones en el futuro; . Articulación de acciones con autoridades y organizaciones de la sociedad civil de los países de origen de los migrantes con el fin de fomentar el intercambio de información, búsqueda e identificación de migrantes desaparecidos; . Sensibilización de la opinión pública a través de diversos medios, en especial a nivel estatal y local, sobre la situación de los migrantes y su valor en el desarrollo de las comunidades de destino.

 .

Resultados .

Articulación de actividades de las personas defensoras de derechos humanos de los migrantes con instituciones públicas de nivel federal, estatal y local. . Fortalecimiento de las capacidades de los defensores de los derechos de los migrantes y las organizaciones de la sociedad civil, por ejemplo, mayores conocimientos y recursos en materia de defensa jurídica, apoyo psicosocial, actividades de promoción de políticas públicas y acceso a los mecanismos nacionales e internacionales de apoyo y de derechos humanos; mejora de las capacidades técnicas, financieras y de gestión; brindando elementos para mejorar la seguridad para los migrantes, en particular niñas, niños y adolescentes, y sus defensores, así como para la recolección y análisis de información acerca de los migrantes, refugiados, desplazados internos y niñas, niños y adolescentes no acompañados; . Aumento del diálogo y el debate públicos sobre derechos humanos de las personas migrantes, y apertura del debate político a nivel estatal y local en estas materias; . Apoyo a la creación e implementación de programas, mecanismos, protocolos estandarizados a nivel federal, estatal y local sobre la protección de los derechos de los migrantes, es especial niñas, niños y adolescentes; . Tener intercambios de buenas prácticas a nivel nacional e internacional. . Capacitación a funcionarios y personas defensoras de los derechos de los migrantes, para fortalecer sus actividades profesionales, así como para generar información y análisis de contextos de la migración; . Visibilización sobre los aspectos positivos de la migración. . Mecanismos para permitir la creación, fortalecimiento y mejora, así como el monitoreo de las comisiones de atención a víctimas a nivel federal, estatal y local.

 

16 http://www.oas.org/es/cidh/migrantes/docs/pdf/Informe-Migrantes-Mexico-2013.pdf 17 https://www.refworld.org.es/country,,,,MEX,,5c5347bb4,0.html

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3) Hacer incidencia y contribuir a la definición, implementación y monitoreo de políticas públicas en materia de superación de la impunidad a nivel federal y estatal.

18 El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sr. Zeid Ra'ad Al Hussein, en sus recomendaciones a México19 publicadas en octubre de 2016, señala: "Estadísticas oficiales muestran que 98% de los crímenes cometidos en México quedan sin resolver; la mayoría de ellos no son nunca propiamente investigados. "

 "Para un país que no se encuentra en medio de un conflicto, las cifras calculadas son, simplemente, impactantes: 151,233 personas asesinadas entre diciembre de 2006 y agosto de 2015, incluyendo miles de migrantes en tránsito. Desde 2007, hay al menos 26,000 personas cuyo paradero se desconoce, muchas posiblemente como resultado de desapariciones forzadas. Miles de mujeres y niñas son abusadas sexualmente o se convierten en víctimas de feminicidio. Y prácticamente nadie ha sido condenado por dichos crímenes."

Así mismo, El Informe de Seguimiento del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes – México20, de febrero 17 de 2017 (A/HRC/34/54/Add.4) señala:

18 Documentos de referencia: Segundo Informe de Seguimiento de Recomendaciones Formuladas por la CIDH en el Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en Mexico: http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2017/indice.asp 19 Ver en: http://hchr.org.mx/images/doc_pub/RecomendacionesHC_web.pdf 20 Encuentra el informe en: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G17/035/92/PDF/G1703592.pdf?OpenElement EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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"34. México afronta una situación de inseguridad e impunidad.", "35. El Relator desea resaltar con preocupación que según información del IGI México ocupa el lugar 58 de 59 países con mayor nivel de impunidad. El 98% de los delitos en México permanecen en impunidad."

Información compartida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe Situación de los Derechos Humanos en México de 201621 .

 La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Sentencia del Caso Alvarado Espinoza y otros Vs. México de noviembre 28 de 201822 "verificó la existencia de un … patrón de impunidad en México".

Prioridades

 Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de que México avance en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre la superación de la impunidad; . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de obtener un marco legal e instituciones autónomas e independientes a nivel federal y estatal en materia de superación de la impunidad conforme a estándares internacionales; . Impulsar estrategias y reformas que mejoren las capacidades de investigación y sanción de las autoridades públicas correspondientes, así como su profesionalización e independencia; . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de crear y adaptar programas, mecanismos, a nivel federal, estatal y local que prevengan la impunidad y apoyen la generación de investigaciones y juicios imparciales e independientes, incorporando la debida diligencia en las investigaciones, así como la efectiva y oportuna reparación a las víctimas; . Generar intercambio de información entre diferentes instancias gubernamentales, en particular del sistema de investigación e impartición de justicia y organizaciones no gubernamentales a nivel nacional e internacional con el fin de encontrar e implementar mecanismos y buenas prácticas para la superación de la impunidad. . Fortalecer las organizaciones de la sociedad civil y personas defensoras de derechos humanos que trabajan de forma participativa en materia de superación de la impunidad a nivel estatal y local. . Articulación de actividades de las organizaciones de la sociedad civil con instituciones públicas de nivel federal, estatal y local.

Resultados .

. Fortalecimiento de las capacidades de las organizaciones de la sociedad civil, por ejemplo, mayores conocimientos y recursos en materia de defensa jurídica, y acceso a los mecanismos internacionales de apoyo y de derechos humanos; mejora de las capacidades técnicas, financieras y de gestión; . Construcción de estrategias y plataformas que permita una mayor articulación y diálogo con autoridades; . Capacitación a miembros de las organizaciones de la sociedad civil y a autoridades, para fortalecer sus actividades profesionales en materia de superación de la impunidad, así como en el marco legal en materia de transparencia y acceso a la información; . Aumento del diálogo y el debate públicos a nivel federal, estatal y local sobre la erradicación de la impunidad, que permitan la adopción de un marco legal y de instituciones sólidas en la materia, incluyendo la participación de organizaciones de la sociedad civil, autoridades, organizaciones del sector privado y la academia; . Llevar a cabo intercambios de buenas prácticas a nivel nacional e internacional. . Generación de información de contexto que permita hacer un análisis y una evaluación a nivel nacional y local sobre los principales elementos generadores de impunidad, así como los mecanismos para superarla, fomentando espacios de evaluación de las iniciativas generadas.

4) Hacer incidencia en políticas públicas complementarias a las actividades realizadas por la Iniciativa Spotlight sobre erradicación del feminicidio en México a nivel estatal, en particular apoyo para hacer efectivas las alertas de género y el acceso a la justicia y el acompañamiento de las víctimas.

 La igualdad entre hombres y mujeres está en el núcleo de los valores de la Unión Europea y está consagrada en su marco legal y político.23

21 Informe OEA/Ser.L/V/II. Doc. 44/15 de diciembre 31 de 2015, ver en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf 22 http://www.corteidh.or.cr/CF/Jurisprudencia2/index.cfm?lang=es&nId_Estado=22

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La Unión Europea está a la vanguardia de la protección y el cumplimiento de los derechos de las niñas y las mujeres y los promueve enérgicamente en sus relaciones exteriores. Está comprometida a romper el círculo vicioso de la discriminación de género. Esto incluye el apoyo a los países socios para establecer un entorno más propicio para el cumplimiento de los derechos de las niñas y las mujeres y para lograr mejoras reales y tangibles en la igualdad de género. Y considera que:

• El empoderamiento de las mujeres es una cuestión de democracia y buen gobierno. El fortalecimiento de la voz y la participación de las mujeres en todos los niveles de la sociedad puede tener impactos positivos significativos. Puede facilitar los procesos de paz, reconstrucción y construcción del Estado.

• La igualdad de género se trata de la realización de los derechos humanos para todos. Ignorar la discriminación sistemática y constante que sufre la mitad de la población mundial no es ético y constituye una violación de los derechos humanos.

• Existen razones morales y éticas claras para promover la igualdad de género en todas las esferas de la vida, ya que hay pruebas crecientes de que es un ingrediente fundamental del desarrollo social, económica y ecológicamente sostenible.

 • La igualdad de género y el empoderamiento de las niñas y las mujeres son parte de la fórmula para el progreso económico. El empoderamiento económico de las niñas y las mujeres es un motor del desarrollo que aborda la pobreza, reduce las desigualdades y mejora los resultados del desarrollo.

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En este marco, surge la Iniciativa Spotlight24, la cual es un programa financiado por la Unión Europea e implementado por la Organización de las Naciones Unidas con el fin de lograr la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas a nivel global.

La Iniciativa Spotlight desplegará inversiones específicas a gran escala en Asia, África, América Latina, el Pacífico y el Caribe, destinadas a lograr mejoras significativas en la vida de mujeres y niñas.

En América Latina está enfocada en la erradicación del feminicidio y tiene programas específicos en México, Argentina, El Salvador, Guatemala y Honduras.

.prioridades

. Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de que México avance en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales sobre la erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas; . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de materializar e implementar el marco legal a nivel, estatal y local en materia de erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas, conforme a estándares internacionales, . Hacer incidencia en políticas públicas con el fin de crear e implementar programas, mecanismos, protocolos estandarizados a nivel federal, estatal y local que permitan la erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas, incluyendo las alertas de género y las investigaciones coordinadas, eficaces y efectivas; . Prestación de ayuda financiera, material y técnica directa y otro tipo de apoyo tangible para que las organizaciones que apoyan a las mujeres y niñas víctimas de violencia puedan llevar a cabo su labor, incluidos el acompañamiento, la asistencia jurídica y la atención integral, así como el fortalecimiento de sus capacidades, incluidas las organizativas y financieras, con el fin de garantizar la sostenibilidad de sus acciones en el futuro, en especial en los estados de México, Guerrero y Chihuahua y en aquellos donde la situación del feminicidio es más crítica, en particular en el sur del país; . Sensibilización de la opinión pública a través de diversos medios, en especial a nivel estatal y local, sobre la necesidad de erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas. .Conformación de redes de organizaciones de la sociedad civil en especial los tres estados objetivo de la Iniciativa en México: Chihuahua, Guerrero y Estado de México y en aquellos donde la situación del feminicidio sea más crítico en particular en los Estados del sur

resultados

Las actividades deberán estar articuladas con las organizaciones de la sociedad civil, con instituciones públicas a nivel federal, estatal y local, con las agencias de la ONU involucradas y con la Delegación de la Unión Europea: . Prestación de ayuda financiera, material y técnica directa y otro tipo de apoyo tangible que permita el fortalecimiento de las capacidades de las mujeres víctimas de violencia y de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan sobre feminicidio, por ejemplo, mayores conocimientos, acompañamiento y recursos en materia legal, apoyo psicosocial, actividades de promoción de políticas públicas y acceso a los mecanismos nacionales e internacionales de derechos humanos; mejora de las capacidades técnicas, financieras y de gestión; brindando elementos para mejorar la seguridad para las mujeres y las niñas; Apoyar la recolección y análisis de información acerca de la violencia contra las mujeres y niñas a nivel estatal y local; . Construcción de estrategias y plataformas que permita una mayor articulación y diálogo con autoridades; . Capacitación a miembros de las organizaciones de la sociedad civil y a autoridades, para fortalecer sus actividades profesionales en materia de superación de la impunidad en relación con el feminicidio, así como en el marco legal en materia de violencia contra las mujeres y las niñas y el acceso a la información pública relacionada con el tema; . Llevar a cabo intercambios de buenas prácticas a nivel nacional e internacional.

El diseño de las acciones, sin importar en qué objetivo se enmarque debe incluir actividades dirigidas a la implementación de la Agenda 2030, en especial los objetivos 16 y 525 .

El diseño e implementación de las acciones también deben estar en línea con los principios de enfoque de derechos humanos, igualdad de género y no dejar a nadie atrás26. Así mismo, deberá incluir información desagregada por sexo e indicadores de género. Lo cual será evaluado para el documento de síntesis en el apartado 1.4 y en el 2.4 para la propuesta completa.

25 https://ec.europa.eu/europeaid/policies/politica-europea-de-desarrollo_es 26 https://ec.europa.eu/europeaid/node/526_es

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globe-logo.png1.3. DOTACIÓN FINANCIERA ASIGNADA POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

El importe indicativo global asignado a la presente convocatoria de propuestas asciende a 3.200.000 EUR.

 El Órgano de Contratación se reserva el derecho de no adjudicar todos los fondos disponibles. Cuantía de las subvenciones

Todas las subvenciones solicitadas en el marco de la presente convocatoria de propuestas estarán comprendidas entre los siguientes importes mínimo y máximo: • Importe mínimo: 600.000 EUR • Importe máximo: 800.000 EUR

 Todas las subvenciones solicitadas en el marco de la presente convocatoria de propuestas estarás comprendidas entre los siguientes porcentajes mínimo y máximo del total de los costes subvencionables de la acción: • Porcentaje mínimo: 50% del total de los costes elegibles de la acción. • Porcentaje máximo: 95 % del total de los costes elegibles de la acción (véase también el apartado 2.1.5).

En caso que el solicitante tenga nacionalidad diferente a la mexicana, el monto máximo de co-financiación será de 75%.

El saldo (es decir, la diferencia entre el coste total de la acción y la contribución solicitada al Órgano de Contratación) deberá financiarse a partir de fuentes ajenas al presupuesto general de la Unión Europea o el Fondo Europeo de Desarrollo27 .

 27 Cuando una subvención es financiada por el Fondo Europeo de Desarrollo, toda referencia a la financiación por la Unión Europea deberá entenderse como hecha a la fina a la financiación por el Fondo Europeo de Desarrollo.

 

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2. NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE CONVOCATORIA DE PROPUESTAS

En la presente Guía se establecen las normas para la presentación, selección y ejecución de las acciones financiadas en el marco de la presente convocatoria, de acuerdo con la Guía Práctica, aplicable a la presente convocatoria (disponible en internet en la dirección http://ec.europa.eu/europeaid/prag/document.do?locale=es).

globe-logo.png2.1. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD

Existen tres grupos de criterios de elegibilidad relativos, respectivamente, a:

los actores:

• el «solicitante principal», esto es, la entidad que presenta el formulario de solicitud (2.1.1);

• en su caso, su(s) cosolicitante(s) (si no se especifica otra cosa, el solicitante principal y su(s) cosolicitante(s) se denominarán en lo sucesivo conjuntamente «los solicitantes») (2.1.1);

• y, en su caso, la(s) entidad(es) afiliada(s) al solicitante principal o a los cosolicitante(s). (2.1.2);

(2) las acciones: acciones que pueden optar a una subvención (2.1.4.);

(3) los costes: • tipos de costes que se pueden tener en cuenta para determinar el importe de la subvención (2.1.5).

2.1.1. Elegibilidad de los solicitantes (es decir, solicitante principal y cosolicitantes)

 Solicitante principal

1) El solicitante deberá reunir los siguientes requisitos para poder optar a una subvención: • ser una persona jurídica y • no tener ánimo de lucro y • Ser una organización no gubernamental, y • No se aplica ninguna restricción de nacionalidad. Sin embargo, teniendo en cuenta la naturaleza de los objetivos se dará prioridad a las instituciones y organizaciones de la sociedad civil mexicanas. En caso de que el solicitante sea una organización no mexicana28, deberá contar con un cosolicitante mexicano, y • ser directamente responsables, con sus cosolicitantes y entidades afiliadas, de la preparación y gestión de la acción y no limitarse simplemente a actuar como intermediario.

 2) Los solicitantes potenciales que se encuentren en una de las situaciones enumeradas en la sección 2.6.10.1 de la Guía Práctica no podrán participar en las convocatorias de propuestas ni optar a una subvención.

Se comunica a los solicitantes principales, los cosolicitantes, las entidades afiliadas y, cuando se trate de personas jurídicas, a aquellas personas que tengan facultades de representación, decisión o control sobre el solicitante principal, los cosolicitantes o las entidades afiliadas, que, en caso de encontrarse en cualquiera de las 28

 Se deberá justificar claramente la participación de OSC o AL no mexicanas demostrando el valor añadido especifico de tal colaboración.

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situaciones de detección precoz o de exclusión indicadas en la sección 2.6.10.1 de la Guía Práctica, sus datos personales (nombre y apellidos si se trata de una persona física, dirección, forma jurídica y nombre y apellidos de las personas con poder de representación, decisión o control, si se trata de una persona jurídica) podrán ser registrados en el sistema de exclusión y detección precoz, y comunicados a las personas y entidades afectadas con relación a la adjudicación o la ejecución de un contrato de subvención.

En la parte A, sección 3 y en Parte B, sección 8, del formulario de solicitud de subvención («declaraciones del solicitante principal»), el solicitante principal debe declarar que él mismo, los cosolicitantes y las entidades afiladas no se encuentran en ninguna de tales situaciones.

El solicitante principal deberá actuar con por lo menos un cosolicitante, tal como se explica a continuación.

En caso de que se le conceda el contrato de subvención, el solicitante pasará a ser el beneficiario identificado como coordinador en el anexo e3h1 (Condiciones Particulares). El coordinador será el principal interlocutor del Órgano de Contratación. Representará a los cobeneficiarios y actuará en su nombre (en su caso), y coordinará el planteamiento y la ejecución de la acción.

Cosolicitantes

Los cosolicitantes participarán en la concepción y la ejecución de la acción, y los costes en los que incurran serán elegibles de la misma manera que los efectuados por el solicitante principal.

 Los cosolicitantes deberán cumplir los criterios de elegibilidad aplicables al propio solicitante principal.

Los cosolicitantes deberán cumplir los criterios de elegibilidad aplicables al solicitante principal. Además de las categorías mencionadas en el apartado 2.1.1, también serán elegibles los organismos públicos autónomos mexicanos.

En caso de que el solicitante sea una organización no mexicana, deberá contar con un co-solicitante mexicano.

Los cosolicitantes deberán firmar el mandato recogido en la parte B, sección 4, del formulario de solicitud de subvención.

3) Los solicitantes incluidos en la lista de medidas restrictivas de la UE (consulte la sección 2.4 de la PRAG) en el momento de la decisión de adjudicación no podrán ser adjudicatarios del contrato29 .

En caso de que se les adjudique el contrato de subvención, los cosolicitantes (si los hubiera) pasarán a ser beneficiarios de la acción (junto con el Coordinador).

2.1.2. Entidades afiliadas Entidades afiliadas

 El solicitante principal y su(s) cosolicitante(s) podrán actuar con entidades afiliadas.

Solo las siguientes entidades podrán considerarse entidades afiliadas al solicitante principal o al/a los cosolicitante(s):

29 Las listas actualizadas de sanciones están disponibles en el sitio web www.sanctionsmap.eu.Téngase en cuenta que el mapa de sanciones es una herramienta informática para identificar los regímenes sancionadores. La fuente de las sanciones se deriva de los actos jurídicos publicados en el Diario Oficial (DO). En caso de discrepancia entre los actos jurídicos publicados y las actualizaciones del sitio web, prevalecerá la versión del DO.

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Las entidades que tengan un vínculo estructural con los solicitantes (es decir, el solicitante principal o un cosolicitante), especialmente si el vínculo es jurídico o de capital.

Este vínculo estructural abarca principalmente dos aspectos:

i)                    El control: según la definición contenida en la Directiva 2013/34/UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas:

 Así pues, las entidades afiliadas a un solicitante pueden ser: - Entidades controladas directa o indirectamente por el solicitante (empresas filiales o de primer nivel). También pueden ser entidades controladas por una entidad controlada a su vez por el solicitante (filiales de segundo nivel), y lo mismo se aplica a los niveles siguientes de control. - Entidades que controlan directa o indirectamente al solicitante (empresas matrices). Asimismo, podrán ser entidades que controlen una entidad que a su vez controle al solicitante. - Entidades bajo el mismo control directo o indirecto que el solicitante (empresas asociadas).

ii)                   La adhesión: el solicitante está legalmente definido como, por ejemplo, red, federación o asociación en la que las entidades afiliadas propuestas también participan, o el solicitante participa en la misma entidad (por ejemplo, una red, federación o asociación) que las entidades afiliadas propuestas.

Por norma general, el vínculo estructural no se limitará a la acción ni se establecerá a los solos efectos de su aplicación. Esto significa que el vínculo existiría con independencia de la concesión de la subvención; deberá existir antes de la convocatoria de propuestas y seguir siendo válido tras el final de la acción.

Excepcionalmente, una entidad podrá considerarse afiliada a un solicitante aunque el vínculo estructural se haya creado específicamente con el único propósito de ejecutar la acción en el caso de los «solicitantes únicos» o «beneficiarios únicos». Un solicitante único o un beneficiario único es una entidad jurídica constituida por varias entidades (un grupo de entidades) que cumplen conjuntamente los criterios para la concesión de la subvención. Por ejemplo, una asociación está integrada por sus miembros.

¿Qué no es una entidad afiliada?

No se consideran entidades afiliadas al solicitante las siguientes:

 - entidades que hayan suscrito un contrato o subcontrato (de naturaleza pública) con un solicitante y actúen como concesionarias o delegadas de servicios públicos para un solicitante,

 - entidades que reciban ayuda financiera del solicitante; - entidades que cooperen de forma periódica con el solicitante sobre la base de un memorando de acuerdo o que compartan algunos activos;

- entidades que hayan firmado un acuerdo de consorcio con arreglo al contrato de subvención (a menos que este acuerdo de asociación implique la creación de un único», «solicitante según lo descrito anteriormente).

¿Cómo comprobar la existencia de la necesaria relación con el solicitante?

La afiliación resultante del control podrá demostrarse en particular mediante las cuentas consolidadas del grupo de entidades al que pertenecen el solicitante y sus entidades afiliadas propuestas. EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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La afiliación resultante de la membresía podrá demostrarse, en particular, mediante los estatutos o actos equivalentes de creación de la entidad (red, federación o asociación) que el solicitante constituya o en que participe.

En el caso de concederse un contrato de subvención a los solicitantes, sus entidades afiliadas no pasarán a ser beneficiarios de la acción y signatarios del contrato de dicho contrato. No obstante, participarán en el planteamiento y la ejecución de la acción, y los gastos en los que incurran (en particular los correspondientes a los contratos de ejecución y la ayuda financiera a terceros) serán elegibles siempre que cumplan las normas pertinentes aplicables a los beneficiarios en virtud del contrato de subvención.

Las entidades afiliadas deberán cumplir los mismos criterios de elegibilidad que el solicitante principal y sus cosolicitantes. Deberán firmar la declaración de entidades afiliadas de la parte B, sección 5, del formulario de solicitud de subvención.

2.1.3. Asociados y contratistas

Las siguientes entidades no son solicitantes ni entidades afiliadas y no deberán firmar el «mandato para cosolicitantes» ni la «declaración de entidades afiliadas»:

• Asociados También podrán participar en la acción otras organizaciones o individuos. Estas entidades asociadas participarán de forma efectiva en la acción, pero no podrán recibir financiación procedente de la subvención, excepto dietas y gastos de viaje. No es necesario que los asociados reúnan los requisitos de elegibilidad mencionados en el apartado 2.1.1. Los asociados deberán figurar en la parte B, sección 6 del formulario de solicitud de subvención («Asociados que participan en la acción»).

• Contratistas Los beneficiarios y sus entidades afiliadas podrán adjudicar contratos. Los asociados o entidades afiliadas no podrán ser también contratistas del proyecto. Los contratistas estarán sujetos a las normas de contratación establecidas en el anexo IV del modelo de contrato de subvención.

2.1.4. Acciones elegibles: acciones para las cuales se puede presentar una solicitud

Definición Una acción se compone de un conjunto de actividades.

Duración La duración prevista inicial de una acción no podrá ser inferior a 30 meses ni superior a 36 meses.

Sectores o temas Ver el apartado 1.2 Objetivos del programa y prioridades

Ubicación Las acciones se ejecutarán en México.

Tipo de acción Los tipos de actividades elegibles en la presente Convocatoria incluyen las siguientes a título indicativo, salvo la ayuda financiera a terceros que es obligatoria. No están enumeradas por orden de prioridad:

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 • Generar espacios de diálogo con las autoridades encargadas a nivel federal, estatal y local;

• Actividades de formación a autoridades de nivel federal, estatal y local;

• Formación sobre Derecho Internacional, sobre mecanismos internacionales, regionales y nacionales, con el fin de desarrollar capacidades en materia de promoción, litigio, estrategias para el cambio, investigación, control, documentación y notificación, con vistas a recurrir a los procedimientos especiales de Naciones Unidas, del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y mecanismos nacionales de protección;

• Actividades de promoción y desarrollo de estrategias para contrarrestar las restricciones existentes al trabajo en derechos humanos;

• Trabajo de incidencia con autoridades para la generación e implementación de políticas públicas y de marcos jurídicos a nivel federal, estatal y/o local adecuados que incorporen estándares internacionales;

 • Formación, desarrollo de capacidades, metodologías y apoyo técnico a autoridades y sociedad civil, así como la generación de programas, mecanismos y protocolos de actuación en línea con la políticas y marcos jurídicos modernizados;

• Formación sobre seguridad y protección, incluida la oferta de los materiales y equipos adecuados, así como cualquier otro tipo de actividades preventivas;

• Acompañamiento psicológico, asesoramiento y acompañamiento legal y otro tipo de apoyo material y de seguridad a personas defensoras de derechos humanos y periodistas, a familiares y víctimas y también a testigos;

• Coordinación y cooperación con autoridades nacionales y locales en particular en las escuelas públicas sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales;

• Elaboración de informes de contexto y sobre actores generadores de violencia y de violaciones a los derechos humanos y los derechos de las mujeres;

• Llevar a cabo intercambios de información y de buenas prácticas a diferentes niveles;

 • Brindar ayuda financiera a terceros. (obligatorio)

 Los solicitantes deben garantizar que el presupuesto de la Acción prevea los recursos humanos, financieros y materiales para la ejecución de las actividades.

No serán elegibles los siguientes tipos de acción::

 • acciones exclusiva o principalmente centradas en ayudas individuales para la participación en talleres, seminarios, conferencias o congresos;

 • acciones exclusiva o principalmente destinadas a becas individuales de estudios o formación;

• conferencias de carácter aislado. No se considerarán aunque se integren en un ciclo de conferencias o impliquen trabajo preparatorio para la conferencia y/o la publicación de sus resultados;

 • proyectos que apoyen a partidos políticos; • acciones que incluyan objetivos proselitistas;

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• financiación básica (actividades regulares) o gastos de funcionamiento del solicitante o de sus cosolicitantes.

Tipos de actividad

Ver el apartado 1.2 Objetivos del programa y prioridades

 Ayuda financiera a terceros30

Desde el documento de síntesis, los solicitantes deberán proponer la ayuda financiera a terceros para contribuir a alcanzar los objetivos de la acción.

El importe máximo de la ayuda financiera por cada tercero será de 60 000 (excepto cuando la consecución de los objetivos de las acciones de otro modo sería imposible o excesivamente difícil, en cuyo caso no se aplican límites, o, si procede, se puede fijar un límite por debajo de los 60 000 EUR.

 En el marco de esta convocatoria, la ayuda financiera a terceros se considera esencial para alcanzar el objetivo de la acción.

De conformidad con la presente Guía y, en particular, con las condiciones o restricciones expuestas en esta sección, el solicitante principal deberá definir obligatoriamente, en el apartado 2.1.1 del formulario de solicitud de subvención, lo siguiente:

(i)                  los objetivos global, los objetivos específicos y los resultados31 que se vayan a alcanzar obtenerse con la ayuda financiera;

(ii)                los diferentes tipos de actividades elegibles para la ayuda financiera, sobre la base de una lista preestablecida;

(iii)               los tipos de personas o categorías de personas que pueden recibir ayuda financiera

 iv) los criterios para seleccionar estas entidades y conceder la ayuda financiera;

(iv)              los criterios para determinar el importe exacto de la ayuda financiera para cada entidad tercera; y,

(v)                el importe máximo que podrá concederse.

En todos los casos, las condiciones obligatorias expuestas anteriormente para la concesión de la ayuda financiera [puntos i) a vi)] deberán definirse estrictamente en el contrato de subvención a fin de evitar toda discrecionalidad.

Visibilidad

Los solicitantes deberán adoptar todas las medidas necesarias para publicitar el hecho de que la Unión Europea ha financiado o cofinanciado la acción. En la medida de lo posible, las acciones que sean financiadas en su totalidad o en parte por la Unión Europea deberán incorporar actividades de información y comunicación destinadas a sensibilizar a un público general o específico respecto de las razones de la acción y de la ayuda de la UE a la acción en el país o región de que se trate, así como de los resultados y el impacto de este apoyo.

Los solicitantes deberán cumplir los objetivos y prioridades, así como garantizar la visibilidad de la financiación de la UE (véase el Manual de comunicación y visibilidad de la Unión Europea en las acciones exteriores,

30 Estos terceros no serán ni entidades afiliadas, ni asociados, ni contratistas. 31 De acuerdo con la definición del CAD de la OCDE, el término «resultados» abarca: «impacto» (objetivo general), «repercusiones» (objetivos específicos) y «realizaciones»;

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 elaborado y publicado por la Comisión Europea en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/europeaid/funding/communication-and-visibility-manual-eu-external-actions_en).

Número de solicitudes y subvenciones por solicitantes/entidades afiliadas

En la presente convocatoria de propuestas, cada solicitante principal no podrá presentar más de una solicitud.

En la presente convocatoria de propuestas, cada solicitante principal no podrá recibir más de una subvención.

El solicitante principal no podrá ser al mismo tiempo cosolicitante o una entidad afiliada en otra solicitud.

En la presente convocatoria de propuestas, cada cosolicitante/entidad afiliada no podrá ser cosolicitante o entidad afiliada en más de una solicitud.

En la presente convocatoria de propuestas, cada cosolicitante/entidad afiliada no podrá recibir más de una subvención.

2.1.5. Elegibilidad de los costes: costes que pueden incluirse

Únicamente podrán tomarse en consideración para una subvención los «costes elegibles». Se indican a continuación las categorías de costes considerados elegibles y no elegibles. El presupuesto constituirá al mismo tiempo una estimación de costes y un límite máximo general de los «costes elegibles».

El reembolso de los costes elegibles podrá basarse en alguna de las siguientes formas, o en una combinación de las mismas: − financiación no vinculada a los costes de las operaciones pertinentes sobre la base de: i) bien el cumplimiento de las condiciones establecidas en la legislación sectorial específica o las decisiones de la Comisión; ii) bien la consecución de resultados medidos en relación con hitos fijados con anterioridad o a través de indicadores de resultados; − costes reales incurridos por los beneficiarios y las entidades afiliadas; − una o más opciones de coste simplificados.

Las opciones de coste simplificados podrán adoptar la forma de: − costes unitarios: para cubrir todas o determinadas categorías específicas de costes elegibles claramente identificados de antemano mediante referencia a un importe por unitario; − cantidades a tanto alzado: para cubrir en términos globales todas o determinadas categorías específicas de costes elegibles claramente identificados de antemano; − financiación a tipo fijo: para cubrir categorías específicas de costes elegibles claramente identificados de antemano aplicando un porcentaje fijado previamente.

Las opciones de costes simplificados (OCS) se dividen en 2 categorías:

1/ «OCS basadas en realizaciones o resultados»: esta categoría incluye los costes vinculados a las realizaciones, resultados o actividades entregables en el marco de un proyecto específico (por ejemplo, la determinación de una cantidad a tanto alzado para la organización de una conferencia o para la producción o el desarrollo de una determinada realización o actividad). Cuando sea posible y oportuno, las cantidades a tanto alzado, los costes unitarios o los tipos fijos se determinarán de manera que pueda procederse a su pago tras el logro de realizaciones o resultados concretos. Este tipo de OCS puede ser sugerido por el beneficiario (sin umbrales

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 aplicables) en la fase de propuesta. En caso de que el Comité de Evaluación y el Órgano de Contratación no estén satisfechos con la calidad de la justificación aportada, siempre podrá optarse por el reembolso sobre la base de los costes realmente contraídos.

 2/ «otras OCS / OCS recurrentes»: esta segunda categoría incluye OCS integrados en las prácticas contables del beneficiario, para las cuales se considera necesaria una evaluación previa, habida cuenta de la necesidad de una aplicación coherente de las condiciones exigidas. Algunos ejemplos son: un porcentaje adicional sobre los salarios reales para cubrir los costes relacionados con la remuneración o el uso de un método de asignación para repartir los costes de una oficina de proyecto previstos en la descripción de la Acción. Para poder usar OCS sistémicos o recurrentes, las prácticas contables del beneficiario deben haber sido evaluadas positivamente por una empresa de auditoría sobre la base de un pliego de condiciones estándar facilitado por la Comisión. Para obtener el reembolso de esta categoría de OCS, el beneficiario deberá hacer referencia a la evaluación previa recabada previamente en la hoja de justificación presupuestaria (anexo e3c).

Los importes o tipos deberán basarse en estimaciones utilizando datos objetivos como estadísticas u otros medios objetivos, o mediante referencia a datos históricos certificados o auditables de los solicitantes o de las entidades afiliadas. También es posible determinar las OCS a través de la «opinión especializada» de expertos internos o contratados de conformidad con las normas aplicables. Estos expertos deberán ser bien auditores contratados o expertos contables, bien auditores pertenecientes al personal de la Comisión, pero en ningún caso empleados del beneficiario. Los métodos utilizados para determinar los importes o tipos de los costes unitarios, las cantidades a tanto alzado o los tipos fijos deberán cumplir los criterios establecidos en el anexo K y garantizar especialmente que los costes corresponden a los costes reales en que hayan incurrido los beneficiarios y las entidades afiliadas, que son conformes con sus prácticas contables, que no se obtienen beneficios y que los costes no están cubiertos por otras fuentes de financiación (ausencia de doble financiación). Consúltese el anexo K para ver los detalles del procedimiento que debe seguirse en función del tipo y el importe de los gastos que se declararon como OCS.

 El solicitante que proponga esta forma de reembolso deberá indicar claramente en la ficha de trabajo n.º 1 del anexo B cada una de las rúbricas o partidas de costes elegibles afectadas por este tipo de financiación, esto es, deberá añadir en mayúsculas la referencia a «COSTE UNITARIO» (por mes, vuelo, etc.), «CANTIDAD A TANTO ALZADO» o «TIPO FIJO» en la columna de Unidades (véase el ejemplo en el anexo K).

Asimismo, en el anexo B, en la segunda columna de la ficha de trabajo n.º 2, «Justificación de los costes estimados», para cada rúbrica o partida presupuestaria, los solicitantes deberán: − describir la información y los métodos utilizados para establecer los importes de los costes unitarios, cantidades a tanto alzado o tipos fijos a que se refieren los costes, etc., para las OCS basadas en realizaciones o resultados; − explicar claramente las fórmulas para el cálculo del importe final elegible para las OCS basadas en realizaciones o resultados32 ; − hacer referencia a la evaluación previa obtenida con anterioridad para otras OCS / OCS recurrentes.

 En el caso de las OCS basadas en realizaciones o resultados, el Comité de Evaluación decidirá si acepta los importes o tipos propuestos sobre la base del presupuesto provisional presentado por los solicitantes, analizando los datos de las subvenciones realizadas por los solicitantes o de acciones similares. En caso de que el Comité de Evaluación y el Órgano de Contratación no estén satisfechos con la calidad de la justificación aportada, siempre podrá optarse por el reembolso sobre la base de los costes realmente contraídos.

32 Ejemplos: para costes de personal: número de horas o días de trabajo * tarifa horaria o diaria fijada previamente en función de la categoría del personal en cuestión; para gastos de viaje: distancia en km * coste del transporte por km preestablecido; número de días * dieta diaria fijada previamente en función del país; para costes específicos derivados de la organización de un evento: número de participantes en el evento * coste total predefinido por participante, etc. EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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No se fija ningún umbral previo para el importe total de la financiación que el Órgano de Contratación puede autorizar sobre la base de las OCS. Solo se podrán declarar otras OCS u OCS recurrentes si se cuenta con una evaluación previa positiva.

Las recomendaciones de concesión de una subvención siempre estarán condicionadas a que el procedimiento de verificación previo a la firma del contrato de subvención no revele problemas que requieran modificar el presupuesto (por ejemplo, errores aritméticos, inexactitudes, costes no realistas o costes no elegibles). Esa comprobación podrá dar lugar a solicitudes de aclaración y, en su caso, a que el Órgano de Contratación imponga modificaciones o reducciones para corregir tales errores o inexactitudes. A raíz de estas correcciones, no podrá aumentarse el importe de la subvención ni el porcentaje de cofinanciación de la UE.

 Por lo tanto, redunda en el interés de los solicitantes presentar un presupuesto realista y con una buena relación coste-eficacia.

La subvención podrá adoptar la forma de una cantidad a tanto alzado que cubra la totalidad de los gastos elegibles de una acción o un programa de trabajo.

Las cantidades a tanto alzado podrán determinarse sobre la base del presupuesto estimado, que debe ajustarse a los principios de economía, eficiencia y eficacia. La conformidad con dichos principios se verificará previamente en el momento de la evaluación de la solicitud de subvención.

A la hora de autorizar cantidades a tanto alzado, el ordenador competente deberá cumplir las condiciones aplicables a las OCS basadas en realizaciones o resultados.

Cuando se utilice esta forma de financiación, la descripción de la acción deberá incluir información detallada sobre las condiciones esenciales de activación del pago, incluido, en su caso, el logro de realizaciones o resultados.

El ordenador responsable podrá considerar que las prácticas contables habituales en materia de costes del beneficiario se atienen a las condiciones aplicables a las OCS en la medida en que sean aceptadas por las autoridades nacionales en el marco de sistemas de financiación comparables. En este caso, el beneficiario de la subvención deberá demostrar que la autoridad nacional ha aceptado dichas prácticas contables habituales en materia de costes y tendrá que especificar en qué contexto se ha producido esta aceptación.

 El Comité de Evaluación y el Órgano de Contratación evaluarán si el régimen de financiación es comparable y, en caso afirmativo, considerarán tales prácticas como si hubieran sido evaluadas previamente por un auditor externo.

Costes directos elegibles

Para ser considerados elegibles a efectos de la presente convocatoria de propuestas, los costes deberán respetar las disposiciones de la cláusula 14 de las Condiciones Generales del modelo de contrato de subvención (véase el anexo G de la Guía).

Reserva para imprevistos

Se podrá consignar en el presupuesto una «reserva para imprevistos», limitada al 5 % de los costes directos elegibles estimados. La utilización de esta reserva estará sujeta a la autorización previa por escrito del Órgano de Contratación

. Costes indirectos elegibles

EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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 Los costes indirectos en que se incurra al ejecutar la acción podrán ser elegibles para una financiación a tipo fijo hasta un límite de 7 % del total estimado de costes directos elegibles. Los costes indirectos son elegibles si no incluyen costes asignados a otra línea presupuestaria del modelo de contrato de subvención. Se podrá requerir al solicitante principal que justifique el porcentaje solicitado antes de firmar el contrato de subvención. Sin embargo, el solicitante no tendrá que facilitar documentos justificativos una vez que el porcentaje haya sido fijado en las Condiciones Particulares del contrato de subvención.

 Si alguno de los solicitantes o entidades afiliadas recibe una subvención de funcionamiento financiada por la UE, no podrá incluirse ningún coste indirecto en el presupuesto propuesto para la acción.

Contribuciones en especie

 Se considera contribución en especie la provisión gratuita de bienes o servicios a uno o varios beneficiarios o entidades afiliadas por un tercero. Dado que las contribuciones en especie no implican gasto alguno para los beneficiarios o entidades afiliadas, normalmente no constituyen costes elegibles.

Excepcionalmente, las contribuciones en especie podrán incluir costes de personal para el trabajo realizado por voluntarios en el marco de una acción o programa de trabajo (que son costes elegibles).

Las contribuciones en especie de terceros en forma de trabajo realizado por voluntarios, valoradas sobre la base de los costes unitarios definidos y autorizados por el Órgano de Contratación, se incluirán en el presupuesto estimativo, separadamente de los demás costes elegibles (es decir, como costes aceptados junto con otras contribuciones en especie).

 El trabajo de los voluntarios podrá representar hasta el 50 % de la cofinanciación. Para calcular este porcentaje, las contribuciones en especie y otras formas de cofinanciación se basarán en las estimaciones facilitadas por el solicitante.

Cuando los costes estimados incluyan trabajos de voluntarios, la subvención no excederá de los costes elegibles estimados distintos de los costes del trabajo realizado por voluntarios.

Las contribuciones en especie no se considerarán cofinanciación.

Sin perjuicio de lo anterior, si la descripción de la acción propuesta prevé contribuciones en especie, estas deberán aportarse.

Costes no elegibles

 Los costes siguientes no serán elegibles: − las deudas y la carga de la deuda (intereses); − las provisiones para pérdidas o posibles deudas futuras; − los costes declarados por el beneficiario y financiados con cargo a otra acción o programa de trabajo que reciban una subvención de la Unión Europea (inclusive a través del FED); − la adquisición de terrenos o edificios, salvo si estos son indispensables para la ejecución directa de la acción, en cuyo caso la propiedad deberá transferirse, de conformidad con la cláusula 7.5 de las Condiciones Generales, a más tardar al finalizar la acción; − las pérdidas debidas al cambio de divisas. − créditos a terceros; − los costes salariales del personal de las administraciones nacionales. EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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Cláusulas deontológicas y Código de Conducta

Ausencia de conflicto de intereses

El solicitante no deberá estar incurso en ningún conflicto de intereses, ni mantener ningún tipo de relación equivalente con otros licitadores o partes implicadas en las acciones. Cualquier intento de un solicitante de obtener información confidencial, cerrar acuerdos ilícitos con sus competidores o influir sobre el Comité de Evaluación o el Órgano de Contratación a lo largo del procedimiento de examen, clarificación, evaluación y comparación de las solicitudes se traducirá en la desestimación de su solicitud y podrá dar lugar a sanciones administrativas con arreglo al Reglamento Financiero en vigor.

Respeto de los derechos humanos, así como de la legislación medioambiental y las normas fundamentales del trabajo

El solicitante y su personal deben respetar los derechos humanos. En particular, de conformidad con el acto aplicable, los solicitantes que a los que se hayan adjudicado contratos deberán respetar la legislación medioambiental, incluidos los acuerdos multilaterales en materia de medio ambiente, así como, cuando proceda, las normas fundamentales del trabajo definidas en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (como los convenios sobre libertad de asociación y negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzado u obligatorio, la abolición del trabajo infantil, etc.).

 Tolerancia cero para la explotación sexual y el abuso sexual: La Comisión Europea aplica una política de «tolerancia cero» con respecto a todo comportamiento ilegal que tenga un impacto significativo en la credibilidad profesional del solicitante. Estarán prohibidos los maltratos físicos o degradantes, las amenazas de abuso físico, el abuso o la explotación sexual, el acoso y el abuso verbal y cualesquiera otras formas de intimidación.

Lucha contra la corrupción y el soborno

El solicitante deberá cumplir todas las leyes, reglamentos y códigos aplicables en materia de lucha contra el soborno y la corrupción. La Comisión Europea se reserva el derecho a suspender o anular la financiación de los proyectos si descubre prácticas de corrupción de cualquier naturaleza en cualquier fase del procedimiento de licitación o durante la ejecución del contrato, si el Órgano de Contratación no toma todas las medidas oportunas para poner remedio a esa situación. A los efectos de la presente disposición, se entenderá por «prácticas de corrupción» la oferta de un soborno, regalo, gratificación o comisión a cualquier persona como incentivo o recompensa para que realice o se abstenga de realizar cualquier acto relativo a la adjudicación de un contrato o a la ejecución de un contrato ya formalizado con el Órgano de Contratación.

Gastos comerciales extraordinarios

Se rechazarán las solicitudes o anularán los contratos cuya adjudicación o ejecución haya dado lugar al pago de gastos comerciales extraordinarios. Podría tratarse, por ejemplo, de comisiones no mencionadas en el contrato principal o no derivadas de un contrato celebrado según lo previsto, comisiones no abonadas como contrapartida de ningún servicio legítimo efectivo, comisiones enviadas a un paraíso fiscal, comisiones abonadas a un beneficiario no claramente identificado o comisiones pagadas a una empresa con toda la apariencia de una sociedad pantalla.

 Los beneficiarios de subvenciones que comprobadamente hayan pagado gastos comerciales extraordinarios en proyectos financiados por la Unión Europea se exponen, dependiendo de la gravedad de los hechos, a la resolución del contrato o a la exclusión definitiva de la posibilidad de recibir fondos de la UE / del FED.

Incumplimiento de las obligaciones, irregularidades o fraude

EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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 El Órgano de Contratación se reserva el derecho a suspender o anular el procedimiento cuando resulte que en el marco de la adjudicación ha habido incumplimiento de obligaciones o casos de irregularidad o fraude. Si este incumplimiento de obligaciones o los casos de irregularidad o fraude se descubren después de la adjudicación del contrato, el Órgano de Contratación podrá abstenerse de celebrarlo.

 

globe-logo.png2.2. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PROCEDIMIENTOS

Para participar en la presente convocatoria de propuestas, los solicitantes principales deberán hacer lo siguiente:

I.                    Proporcionar información sobre las organizaciones participantes en la acción. Téngase en cuenta que, para la presente convocatoria, el registro de estos datos en PADOR es obligatorio33 .

Etapa del documento de síntesis: el registro es obligatorio para los solicitantes principales que soliciten una contribución de la UE superior a 60 000 EUR.

Etapa de la solicitud completa: el registro es obligatorio para los cosolicitantes y las entidades afiliadas. Los solicitantes principales deben asegurarse de que su perfil de PADOR esté actualizado.

II.                  Proporcionar información sobre la acción en los documentos enumerados en las secciones 2.2.2 (documento de síntesis) y 2.2.5 (solicitud completa). Téngase en cuenta que, para la presente convocatoria, la presentación en línea a través de PROSPECT es obligatoria.

PADOR es una base de datos en línea en la que las organizaciones se inscriben y actualizan sus datos. Las organizaciones registradas en PADOR obtienen un número de identificación único (EuropeAid ID) que deberán mencionar en su solicitud. Se puede acceder a PADOR a través de la página web: http://ec.europa.eu/europeaid/pador_en

Se recomienda encarecidamente registrarse en PADOR con suficiente antelación y no esperar hasta el último minuto antes de la fecha límite para enviar la solicitud vía PROSPECT.

Si resulta imposible realizar el registro en PADOR a través de internet por motivos técnicos, los solicitantes o las entidades afiliadas deberán rellenar el formulario «PADOR sin conexión34» anexo a la presente Guía. Este formulario deberá enviarse junto con la solicitud antes de la fecha límite de envío (véanse las secciones 2.2.2 y 2.2.5).

Antes de empezar a utilizar PADOR y PROSPECT, lea las guías para el usuario disponibles en el sitio web. Todas las preguntas técnicas relacionadas con la utilización de estos sistemas deberán dirigirse al servicio de asistencia informática (EuropeAid-IT-support@ec.europa.eu) a través del formulario en línea de PROSPECT.

22 1 Contenido del documento de síntesis

Las solicitudes deberán presentarse siguiendo las instrucciones sobre los documentos de síntesis recogidas en el formulario de solicitud de subvención anexo a esta Guía (anexo A). Las solicitudes deberán presentarse en español. Téngase en cuenta que:

33 Las personas físicas que soliciten una subvención (si lo permite la presente Guía para los solicitantes) no necesitan registrarse en PADOR. En ese caso, la información incluida en PROSPECT y en el formulario de solicitud de subvención es suficiente.

 34 Esto se corresponde con las secciones 3 y 4 del formulario de solicitud completo, anexo A.2.

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En el documento de síntesis, los solicitantes principales solo deberán facilitar una estimación de la contribución solicitada a la UE, así como un porcentaje indicativo de dicha contribución con relación a los costes subvencionables de la acción. Únicamente los solicitantes invitados a presentar una solicitud completa en la segunda fase deberán presentar un presupuesto detallado.

Los elementos incluidos en el documento de síntesis no podrán modificarse en la solicitud completa. La contribución de la UE no podrá variar respecto a la estimación inicial en más de un 20% de la estimación inicial. Los solicitantes principales podrán adaptar el porcentaje de cofinanciación requerido siempre que se respeten los importes mínimo y máximo y los porcentajes de la cofinanciación establecidos en el apartado 1.3 de la presente Guía. El solicitante principal solo podrá sustituir a un cosolicitante o a una entidad afiliada en casos debidamente justificados (por ejemplo, quiebra del primer cosolicitante o entidad afiliada). Cuando esto ocurra, el nuevo cosolicitante o la nueva entidad afiliada deberán ser de naturaleza similar al inicial. El solicitante principal podrá modificar la duración de la acción si, tras la presentación del documento de síntesis, se dieran circunstancias imprevistas y ajenas a los solicitantes que hicieran necesaria dicha adaptación (so pena de no poder llevar a cabo la acción). En tal caso, la duración deberá permanecer dentro de los límites impuestos por la Guía para los solicitantes. Deberá incluirse una explicación/justificación de la sustitución o adaptación en cuestión en una carta de acompañamiento o correo electrónico.

 Las contribuciones propias de los solicitantes podrán ser sustituidas por contribuciones de otros donantes en cualquier momento.

 3. Solo se evaluará el modelo de documento de síntesis. Por lo tanto, es extremadamente importante que este documento contenga TODA la información relevante relativa a la acción. No deben enviarse anexos adicionales.

 Cualquier error o discrepancia significativa con respecto a las instrucciones sobre el documento de síntesis podrá implicar el rechazo de dicho documento.

 Solo se pedirán aclaraciones cuando la información suministrada no sea suficiente para llevar a cabo una evaluación objetiva.

No se aceptarán documentos de síntesis llenados a mano.

2 2 2 Dónde y cómo enviar los documentos de síntesis

 El documento de síntesis, junto con la declaración del solicitante principal (sección 2 del anexo A.1) deberá presentarse en línea a través de PROSPECT (https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/prospect) siguiendo las instrucciones que se proporcionan en el manual para el usuario de PROSPECT.

Previa presentación de un documento de síntesis en línea, el solicitante principal recibirá automáticamente un acuse de recibo en su perfil de PROSPECT.

Téngase en cuenta que los documentos de síntesis incompletos podrán ser rechazados. Se recomienda a los solicitantes principales que comprueben que el documento de síntesis esté completo utilizando la lista de control del documento de síntesis (anexos A.1, Instrucciones).

2 2 3 Plazo de presentación de los documentos de síntesis

El plazo de presentación de los documentos de síntesis es el 7/05/2019 a las 23:00 (fecha y hora de Bruselas). Para convertir este plazo a su hora local puede utilizar cualquier conversor en línea que tenga en

EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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cuenta las zonas horarias y los cambios de horario de verano/invierno (hay un ejemplo disponible aquí35). Se recomienda encarecidamente a los solicitantes principales que no esperen hasta el último día para presentar sus documentos de síntesis, ya que una sobrecarga excepcional de las líneas o un fallo de la conexión a internet (cortes del suministro eléctrico, etc.) podrían dificultar su envío. El Órgano de Contratación no asumirá ninguna responsabilidad por los retrasos debidos a dichas contingencias.

 Todo documento de síntesis presentado después del plazo indicado será rechazado automáticamente.

2 2 4 Información adicional sobre los documentos de síntesis

Podrán remitirse preguntas por correo electrónico, como máximo veintiún días antes del plazo para la presentación de los documentos de síntesis, a la siguiente dirección, indicando claramente la referencia de la convocatoria de propuestas (EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX): Dirección de correo electrónico: delegation-mexico-ieddh@eeas.europa.eu

El Órgano de Contratación no estará obligado a dar aclaraciones a preguntas recibidas después de esta fecha.

Las respuestas deberán darse como máximo once días antes del plazo de presentación de los documentos de síntesis.

 Para garantizar la igualdad de trato a todos los solicitantes, el Órgano de Contratación no podrá emitir un dictamen previo sobre la elegibilidad de los solicitantes principales, los cosolicitantes, las entidades afiliadas, una acción o actividades específicas.

No se darán respuestas individuales a las preguntas. Todas las preguntas y respuestas, así como otros anuncios importantes para los solicitantes durante el curso del procedimiento de evaluación, se publicarán en el sitio web de la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo: https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/onlineservices/index.cfm?ADSSChck=1550095724182&do=publi.welcome&userlanguage=es , si fuera necesario. Así pues, se recomienda consultar periódicamente esta página web para estar debidamente informado sobre las preguntas y respuestas publicadas.

Todas las cuestiones técnicas relacionadas con el registro en PADOR o con la presentación en línea a través de PROSPECT deberán dirigirse al servicio de asistencia informática (EuropeAid-IT-support@ec.europa.eu) a través del formulario de asistencia en línea de PROSPECT. Téngase en cuenta que las lenguas de trabajo del servicio de asistencia informática son: inglés, francés y español. Por lo tanto, se anima a los usuarios a que envíen sus preguntas en inglés, francés o español si desean beneficiarse de un tiempo de respuesta óptimo.

2 2 5 Solicitudes completas

Los solicitantes principales invitados a presentar una solicitud completa tras la preselección de su documento de síntesis deberán hacerlo utilizando la parte B del formulario de solicitud de subvención anejo a la presente Guía (anexo A). Los solicitantes principales deberán respetar estrictamente el formato del formulario de solicitud de subvención y rellenar las secciones y páginas en el orden en que aparecen.

Los elementos incluidos en el documento de síntesis no podrán ser modificados por el solicitante en la solicitud completa. La contribución de la UE no podrá variar en más de un 20 %, aunque los solicitantes principales podrán adaptar el porcentaje de cofinanciación requerido siempre que se respeten los importes mínimo y máximo y los porcentajes de cofinanciación establecidos en el apartado 1.3 de la presente Guía. El solicitante

35 Por ejemplo: http://www.timeanddate.com/worldclock/converter.html

EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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principal solo podrá sustituir a un cosolicitante o a una entidad afiliada en casos debidamente justificados (por ejemplo, quiebra del primer cosolicitante o entidad afiliada). Cuando esto ocurra, el nuevo cosolicitante o la nueva entidad afiliada deberán ser de naturaleza similar al inicial. El solicitante principal podrá modificar la duración de la acción si, tras la presentación del documento de síntesis, se dieran circunstancias imprevistas y ajenas a los solicitantes que hicieran necesaria dicha adaptación (so pena de no poder llevar a cabo la acción). En tal caso, la duración deberá permanecer dentro de los límites impuestos por la Guía para los solicitantes. Deberá incluirse una explicación/justificación de la sustitución o adaptación en cuestión en una carta de acompañamiento o correo electrónico.

 Los solicitantes principales deberán presentar sus solicitudes completas en la misma lengua que sus documentos de síntesis.

Rellene por favor el formulario de solicitud completo con cuidado y de la forma más clara posible para que pueda ser evaluado correctamente.

Cualquier error relacionado con los puntos enumerados en la lista de comprobación (parte B, sección 7, del formulario de solicitud de subvención) o cualquier discrepancia de la solicitud completa (por ejemplo, si los importes mencionados en las distintas hojas de trabajo del presupuesto no son coherentes) podrá dar lugar al rechazo de la solicitud.

Solo se solicitarán aclaraciones cuando la información facilitada no sea clara e impida al Órgano de Contratación realizar una evaluación objetiva.

 No se aceptarán solicitudes rellenadas a mano.

Tenga en cuenta que solo el formulario de solicitud completo y los anexos publicados que tengan que rellenarse (presupuesto, marco lógico) serán transmitidos a los evaluadores (y en su caso, a los asesores). Por ello, es extremadamente importante que estos documentos contengan toda la información pertinente sobre la acción.

 Junto con el formulario completo de solicitud, el solicitante principal deberá asimismo presentar los formularios de datos de la organización completados (anexo F) tanto para sí mismo como para cada uno de los cosolicitantes (si los hubiera) y las entidades afiliadas (si las hubiera)

36 . No deben enviarse anexos adicionales.

2 2 6 Dónde y cómo enviar las solicitudes completas

 Las solicitudes completas, (es decir, el formulario completo de solicitud, el presupuesto, el marco lógico y la declaración del solicitante principal) deberán presentarse a través de internet por medio de PROSPECT https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/prospect/ siguiendo las indicaciones del manual para el usuario.

Tras la presentación de la solicitud completa a través de internet, los solicitantes principales recibirán automáticamente un acuse de recibo en su perfil de PROSPECT.

 Téngase en cuenta que las solicitudes incompletas podrán rechazarse. Se recomienda a los solicitantes principales que comprueben que su solicitud está completa con ayuda de la lista de control (anexo A.2, Instrucciones).

36 Las personas físicas que soliciten una subvención (si la Guía para los solicitantes lo permite) no tienen que presentar un formulario de datos de la organización. En este caso, la información incluida en el formulario de solicitud de subvención será suficiente.

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2 2 7 Plazo de presentación de las solicitudes completas

 El plazo de presentación de las solicitudes completas se indicará en la notificación enviada a los solicitantes principales cuya propuesta haya sido preseleccionada. Esta notificación aparecerá automáticamente en el perfil de PROSPECT del solicitante principal. Los solicitantes principales que, en casos excepcionales (véase la sección 2.2.6), hayan tenido que presentar su solicitud por correo postal o en mano, recibirán la notificación por correo electrónico o correo postal si no se ha proporcionado una dirección de correo electrónico.

 Se recomienda encarecidamente a los solicitantes principales que no esperen hasta el último día para presentar sus solicitudes completas, ya que una sobrecarga excepcional de las líneas o un fallo de la conexión a internet (cortes del suministro eléctrico, etc.) podrían causar dificultades en la presentación. El Órgano de Contratación no asumirá ninguna responsabilidad por los retrasos debidos a dichas contingencias.

 Toda solicitud presentada después del plazo indicado será rechazada automáticamente.

2 2 8 Información adicional sobre las solicitudes completas

 Podrán remitirse preguntas por correo electrónico como muy tarde 21 días antes de que finalice el plazo para la presentación de las solicitudes completas a las siguientes direcciones, incluyendo claramente la referencia de la convocatoria de propuestas (EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX):

Dirección de correo electrónico: delegation-mexico-ieddh@eeas.europa.eu

El Órgano de Contratación no estará obligado a dar aclaraciones a preguntas recibidas después de esta fecha.

Las respuestas deberán darse a más tardar once días antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes completas.

 Para garantizar la igualdad de trato de los solicitantes, el Órgano de Contratación no podrá emitir un dictamen previo sobre la elegibilidad de los solicitantes principales, los cosolicitantes, las entidades afiliadas o una acción.

No se darán respuestas individuales a las preguntas. Todas las preguntas y respuestas, así como otros anuncios importantes para los solicitantes en el curso del procedimiento de evaluación, se publicarán en el sitio web de la DG Cooperación Internacional y Desarrollo: https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/onlineservices/index.cfm?do=publi.welcome , en caso necesario. Así pues, se recomienda consultar periódicamente esa página web para estar debidamente informado sobre las preguntas y respuestas publicadas.

 Todas las cuestiones técnicas relacionadas con el registro en PADOR o con la presentación en línea a través de PROSPECT deberán dirigirse al servicio de asistencia informática (EuropeAid-IT-support@ec.europa.eu) a través del formulario de asistencia en línea de PROSPECT. Téngase en cuenta que las lenguas de trabajo del servicio de asistencia informática son: inglés, francés y español. Por lo tanto, se anima a los usuarios a que envíen sus preguntas en inglés, francés o español si desean beneficiarse de un tiempo de respuesta óptimo.

 

globe-logo.png2.3 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

 Las solicitudes serán examinadas y evaluadas por el Órgano de Contratación, en su caso con la asistencia de asesores externos. Todas las solicitudes se evaluarán de acuerdo con las siguientes etapas y criterios.

 Si el examen de la solicitud revela que la acción propuesta no reúne los criterios de elegibilidad establecidos en la sección 2.1, este incumplimiento será motivo suficiente para rechazarla.

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ETAPA 1: APERTURA DE PLICAS, CONTROLES ADMINISTRATIVOS Y EVALUACIÓN DEL DOCUMENTO DE SÍNTESIS

Durante la apertura de plicas y los controles administrativos, se evaluarán los siguientes aspectos:  Si se ha cumplido el plazo. De lo contrario, la solicitud será rechazada automáticamente.

• Si el documento de síntesis cumple todos los criterios especificados en la lista de verificación que se indica en la sección 2 de la parte A del formulario de solicitud de subvención. Esto incluye asimismo una evaluación de la elegibilidad de la acción. Si faltase alguno de los datos exigidos, o alguno de los facilitados fuese incorrecto, ello será motivo suficiente para rechazar la solicitud, que ya no será objeto de ulterior evaluación.

 Los documentos de síntesis que superen esta verificación se evaluarán según su relevancia y el enfoque de la acción propuesta.

 Los documentos de síntesis recibirán una puntuación total de 50, sobre la base del desglose de puntos que figura en la siguiente tabla de evaluación. La evaluación también comprobará el cumplimiento de las instrucciones para rellenar el documento de síntesis, recogidas en la parte A del formulario de solicitud de subvención.

 Los criterios de evaluación se dividen en secciones y subsecciones. A cada subsección se le dará una puntuación de entre 1 y 5 de acuerdo con las siguientes correspondencias: 1 = muy deficiente, 2 = deficiente, 3 = aceptable, 4 = satisfactorio y 5 = muy satisfactorio.

Tabla de evaluación Sección Puntuación máxima

 1. Pertinencia de la acción 20

 1.1. ¿En qué medida es pertinente la propuesta con respecto a los objetivos y prioridades de la convocatoria de propuestas y temas/sectores/áreas específicos o cualquier otro requisito específico indicado en la Guía para los solicitantes? Los resultados previstos de la acción ¿están en consonancia con las prioridades definidas en la Guía para solicitantes (véase el apartado 1.2)? 5

 1.2. ¿En qué medida es pertinente la propuesta con respecto a las necesidades y limitaciones del país (o países), la región (o regiones) o los sectores pertinentes de la propuesta (incluyendo DESTINATARIOS las posibles sinergias con otras iniciativas de desarrollo de la UE y la evitación de duplicidades)? 5

1.3. ¿En qué medida están claramente definidas y estratégicamente elegidas las partes implicadas (beneficiarios finales, grupos destinatarios, etc.)? ¿Están claramente definidas sus necesidades? ¿Se abordan adecuadamente en la propuesta (como titulares de derechos o responsables) y limitaciones? 5

1.4. ¿Contiene la propuesta elementos de valor añadido (como innovación o mejores prácticas) ¿Está en línea con los principios de enfoque de derechos humanos, igualdad de género y no dejar a nadie atrás? ¿Incluye información desagregada por sexo e indicadores de género? 5

2. Planteamiento de la acción 30

2.1. ¿Qué grado de coherencia tiene el planteamiento global de la acción? La propuesta ¿indica los resultados que se espera recabar de la acción? ¿Explica la lógica 5x2** EuropeAid/162-737/DD/ACT/MX

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de intervención los motivos por los que se pretende alcanzar los resultados previstos?

2.2. ¿Refleja el diseño un sólido análisis de los problemas en cuestión y las capacidades de las partes interesadas? 5

2.3. El diseño ¿tiene en cuenta los factores externos (riesgos e hipótesis)? 5

2.4. ¿Son las actividades factibles y coherentes en relación con los resultados previstos (incluido el calendario)? ¿Son realistas los resultados (realizaciones, repercusiones e impacto)? ¿Incluye apoyo financiero a terceros? 5

2.5. La propuesta ¿en qué medida integra elementos transversales pertinentes, como el medio ambiente o el cambio climático, la promoción de la igualdad de género y la igualdad de oportunidades, las necesidades de las personas discapacitadas, los derechos de las minorías y los derechos de los pueblos indígenas, la juventud, la lucha contra el VIH/SIDA (si hay una fuerte prevalencia en el país o región de que se trate), etc.? 5

Puntuación total máxima 50 **: esta puntuación se multiplica por 2 dada su importancia

Nota: solo podrá atribuirse una puntuación de 5 (muy satisfactorio) si la propuesta cubre específicamente un número mayor que el mínimo requerido de prioridades (4), tal y como se indica en el apartado 1.2 (objetivos del programa) de la presente Guía.

Una vez que todos los documentos de síntesis hayan sido evaluados, se elaborará una lista con las acciones propuestas, clasificadas en función de su puntuación total.

 En primer lugar, solo los documentos de síntesis que hayan obtenido una puntuación total mínima de 30 puntos serán tomados en cuenta a efectos de la preselección.

 En segundo lugar, el número de documentos de síntesis se reducirá, teniendo en cuenta su clasificación, a aquellos en que el importe total de la contribución solicitada sea del 300% del presupuesto disponible para la presente convocatoria de propuestas. El importe de las contribuciones solicitadas de cada documento de síntesis se basará en la dotación financiera indicativa prevista para cada lote, si procede.

Los solicitantes principales recibirán una notificación que indicará el número de referencia de su solicitud y los resultados de la misma. Esta notificación aparecerá automáticamente en el perfil de PROSPECT del solicitante principal. Los solicitantes principales que, en casos excepcionales (véase la sección 2.2), hayan tenido que presentar su solicitud por correo postal o en mano, recibirán la notificación por correo electrónico o correo postal si no se ha proporcionado una dirección de correo electrónico.

 A continuación se invitará a los solicitantes principales preseleccionados a presentar una solicitud completa

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ETAPA 2: APERTURA Y CONTROLES ADMINISTRATIVOS Y EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD COMPLETA

En primer lugar, se evaluarán los siguientes aspectos:

 • Si se ha respetado el plazo de presentación. De lo contrario, se rechazará automáticamente la solicitud.

• Si la solicitud completa cumple todos los criterios establecidos en la lista de verificación (sección 7 de la parte B del formulario de solicitud de subvención). Si faltase alguno de los datos exigidos, o alguno de los facilitados fuese incorrecto, ello será motivo suficiente para rechazar la solicitud, que ya no será objeto de ulterior evaluación.

Las solicitudes completas que superen esta verificación serán sometidas a una evaluación de calidad adicional, que abarcará el presupuesto propuesto y la capacidad de los solicitantes y las entidades afiliadas. Se evaluarán sobre la base de los criterios de evaluación que figuran en la siguiente tabla de evaluación. Existen dos tipos de criterios de evaluación: los de selección y los de adjudicación.

Los criterios de selección contribuyen a evaluar la capacidad operativa de los solicitantes y de las entidades afiliadas, así como la capacidad financiera del solicitante principal con objeto de garantizar que:

• disponen de fuentes de financiación estables y suficientes para mantener su actividad durante el periodo previsto para llevar a cabo la acción y, en su caso, para participar en su financiación (este criterio se aplica únicamente a los solicitantes principales);

• disponen de la capacidad de gestión, las competencias y las cualificaciones profesionales necesarias para llevar a cabo satisfactoriamente la acción propuesta; este criterio se aplica también a los solicitantes y a todas las entidades afiliadas.

Para permitir una evaluación de la capacidad financiera, los solicitantes principales deberán asegurarse de que la información y los documentos pertinentes (por ejemplo, las cuentas del último ejercicio y un informe de auditoría externa, si procede) de su perfil de PADOR estén actualizados. Si la información y los documentos de PADOR no están actualizados y no permiten una correcta evaluación de la capacidad financiera, se podría rechazar la solicitud.

Los criterios de adjudicación permiten evaluar la calidad de las solicitudes presentadas con relación a las prioridades y los objetivos establecidos en la presente Guía, y conceder subvenciones a los proyectos que optimicen la eficacia global de la convocatoria de propuestas. Estos criterios permiten seleccionar aquellas solicitudes de las que el Órgano de Contratación pueden cumplir sus objetivos y prioridades. Se refieren a aspectos como la pertinencia de la acción, su coherencia con los objetivos de la convocatoria de propuestas, la calidad, el impacto esperado, la sostenibilidad y la relación coste-eficacia.

Puntuación: La tabla de evaluación está dividida en secciones y subsecciones. Cada subsección se le dará una puntuación entre 1 y 5 de acuerdo con las siguientes correspondencias: 1 = muy deficiente, 2 = deficiente, 3 = aceptable, 4 = satisfactorio y 5 = muy satisfactorio.

Tabla de evaluación

 Sección Puntuació n máxima

1. Capacidad financiera y operativa 20

 1.1. ¿Tienen los solicitantes y, si procede, sus entidades afiliadas suficiente experiencia interna en gestión de proyectos? 5

1.2. ¿Tienen los solicitantes y, entidades afiliadas suficiente técnica experiencia internos? (en particular, conocimientos sobre las cuestiones que deben abordarse) 5

1.3. ¿Tienen los solicitantes y, si procede, sus entidades afiliadas suficiente de gestión capacidad internos? (En particular, personal, equipamiento y capacidad para gestionar el presupuesto de la acción) 5

1.4. ¿Dispone el solicitante principal de fuentes de financiación estables y suficientes? 5

2. Pertinencia de la acción 20 Puntuación transferida de la evaluación del documento de síntesis

3. Diseño de la acción 15

 3.1. ¿Qué grado de coherencia tiene el diseño de la acción? La propuesta ¿indica los resultados que se espera recabar de la acción? ¿Explica la lógica de intervención los motivos por los que se pretende alcanzar los resultados previstos? ¿Son las actividades propuestas apropiadas, prácticas y coherentes con las realizaciones y repercusiones previstas? 5

3.2. ¿Incluye la propuesta / el marco lógico condiciones de referencia, objetivos y fuentes de verificación fiables? De no ser así, ¿está previsto un estudio de referencia (presupuestado adecuadamente en la propuesta)? ¿Está en línea con los principios de enfoque de derechos humanos, igualdad de género y no dejar a nadie atrás? ¿Incluye información desagregada por sexo e indicadores de género? 5

 3.3. ¿El diseño refleja un análisis sólido de los problemas y las capacidades de las partes interesadas? 5

4. Modalidades de ejecución 15

 4.1. ¿Es claro y factible el plan de acción para aplicar la acción? ¿Es realista el calendario? 5

 4.2. ¿Incluye la propuesta un sistema de seguimiento eficaz y eficiente? ¿Hay prevista una evaluación (antes, durante o al final de la ejecución)? 5

 4.3. ¿Es satisfactorio el nivel de implicación y participación en la acción de los cosolicitante o entidades afiliadas? 5

5. Sostenibilidad de la acción 15

 5.1. ¿Es probable que la acción tenga un impacto tangible sobre los grupos destinatarios? 5

 5.2. ¿Puede la acción tener efectos multiplicadores? (En particular, posibilidades de replicación y extensión de los resultados de la acción, la capitalización de la experiencia y de 5

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 difusión del conocimiento)

5.3. ¿Son sostenibles los resultados esperados de la acción propuesta? - desde el punto financiero financiación de las actividades de seguimiento, fuentes de ingresos que permitan cubrir todos los costes de explotación y mantenimiento futuros); - desde el punto institucional (las estructuras que permiten el desarrollo de las actividades ¿se mantendrán al término de la acción? ¿habrá una «apropiación» local de los resultados de la acción?); - a nivel político (si procede) (¿cuál será el impacto estructural de la acción? ¿supondrá, por ejemplo, una mejora de la legislación, de los códigos de conducta, de la metodología?); desde el punto de vista medioambiental (si procede) (la acción ¿tendrá un impacto medioambiental negativo o positivo?) 5

6. Presupuesto y relación coste-eficacia de la acción 15

 6.1. ¿Están debidamente reflejadas las actividades en el presupuesto? 5

6.2. ¿Es satisfactoria la relación existente entre costes estimados y resultados esperados? 10

Puntuación total máxima 100

Si la puntuación total de la sección 1 (capacidad financiera y operativa) es menor de 12 puntos, la solicitud será rechazada. Si la puntuación de al menos una de las subsecciones de la sección 1 es igual a 1, la solicitud también será rechazada.

Si el solicitante principal concurre a la licitación sin cosolicitantes o entidades afiliadas, la puntuación para la sección 3.3 será de 5, a menos que la participación de cosolicitantes o entidades afiliadas sea obligatoria con arreglo a la presente Guía para los solicitantes.

 Selección provisional

 Tras la evaluación, se recogerán en una tabla las solicitudes clasificadas según la correspondiente puntuación. Se seleccionarán provisionalmente las solicitudes que tengan la mayor puntuación hasta alcanzar el presupuesto disponible para la presente convocatoria de propuestas. Además, se creará una lista de reserva siguiendo los mismos criterios. Esta lista se utilizará si hubiera más fondos disponibles durante el período de validez de la lista de reserva.

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ETAPA 3: COMPROBACIÓN DE LA ELEGIBILIDAD DE LOS SOLICITANTES Y LAS ENTIDADES AFILIADAS

 La comprobación de la elegibilidad se realizará a partir de los documentos justificativos exigidos por el Órgano de Contratación (véase el apartado 2.4). Únicamente por defecto se realizará con las solicitudes que hayan sido seleccionadas provisionalmente en función de su puntuación y dentro del presupuesto disponible para la presente convocatoria de propuestas.

• La declaración del solicitante principal (sección 8 de la parte B del formulario de solicitud de subvención) se cotejará con los documentos justificativos que este haya presentado. La ausencia de uno de los documentos justificativos o cualquier incoherencia entre la declaración del solicitante principal y los documentos justificativos podrá suponer un rechazo de la solicitud.

• Se comprobará que los solicitantes y las entidades afiliadas sean elegibles de acuerdo con los criterios establecidos en los apartados 2.1.1, 2.1.2 y 2.1.3.

Toda solicitud rechazada será sustituida por la solicitud que se encuentre en la mejor posición siguiente en la lista de reserva y que se ajuste al presupuesto disponible para la presente convocatoria de propuestas.

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globe-logo.png2.4 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DE LAS SOLICITUDES SELECCIONADAS PROVISIONALMENTE

El Órgano de Contratación informará por escrito del resultado de su evaluación a los solicitantes principales cuya solicitud haya sido provisionalmente seleccionada o incluida en la lista de reserva y les solicitará que presenten los siguientes documentos para poder verificar su elegibilidad y, en su caso, la de sus cosolicitantes y entidades afiliadas37 :

1. Los estatutos o reglamentos de asociación de los solicitantes principales y, en su caso, de cada uno de los cosolicitantes y entidades afiliadas38. Cuando el Órgano de Contratación haya reconocido la elegibilidad del solicitante principal o de los cosolicitantes o de las entidades afiliadas en otra convocatoria de propuestas dentro de la misma línea presupuestaria en los últimos dos años previos al plazo para la presentación de las solicitudes, deberá presentarse, en vez de los estatutos o reglamentos de asociación, una copia de los documentos que prueben la elegibilidad de sus candidaturas en una convocatoria anterior (por ejemplo, una copia de las Condiciones Particulares del contrato de subvención recibido en el período de referencia), a menos que su estatuto jurídico haya cambiado desde entonces.39 Esta obligación no se aplica a las organizaciones internacionales que hayan firmado un acuerdo marco con la Comisión Europea.

2. Para las subvenciones superiores a 750 000 EUR, así como en el caso de las subvenciones de funcionamiento de más de 100 000 EUR, el solicitante principal deberá presentar un informe de auditoría elaborado por un auditor externo autorizado, cuando se encuentre disponible, y en todo caso cuando la auditoría legal es un requisito impuesto por el Derecho nacional o de la UE. En dicho informe se certificarán las cuentas de hasta los 3 últimos ejercicios disponibles. En todos los demás casos, el solicitante deberá presentar una declaración firmada por su representante autorizado que certifique la validez de las cuentas de hasta los 3 últimos ejercicios disponibles. Este requisito solo se aplicara a la primera solicitud presentada por el beneficiario a un Ordenador en un mismo ejercicio presupuestario.

3. No se requiere el informe de auditoría externa de los cosolicitantes o entidades afiliadas (si los hubiere). Esta obligación no se aplica a los organismos públicos ni a las organizaciones internacionales siempre que la organización internacional en cuestión ofrezca las garantías previstas en el Reglamento Financiero aplicable, según lo descrito en el capítulo 6 de la Guía Práctica. Esta obligación no se aplica a los establecimientos de educación secundaria y superior.

4. Una copia de los estados financieros más recientes del solicitante principal (cuenta de pérdidas y ganancias y balance del último ejercicio cuyas cuentas hayan sido cerradas)40. No se requiere una copia de la última cuenta de ninguno de los cosolicitantes (si los hubiere) ni de ninguna de las entidades afiliadas (si las hubiere).

5. La ficha de entidad legal (véase el anexo D de la presente Guía), debidamente rellenada y firmada por cada uno de los solicitantes (esto es, el solicitante principal y, en su caso, cada uno de los cosolicitantes),

37 No se solicitarán documentos justificativos para solicitudes de subvenciones inferiores a 60 000 EUR. 38 Cuando el solicitante principal o los cosolicitantes o las entidades afiliadas sean una entidad pública creada por una ley, deberá facilitarse una copia de dicha ley.

39 Insértese solo cuando las condiciones de elegibilidad no hayan cambiado de una convocatoria a otra. 40 Esta obligación no se aplicará a las personas físicas beneficiarias de una beca o que tengan una gran necesidad de una ayuda directa, ni a los organismos públicos ni a las organizaciones internacionales. Tampoco se aplicará cuando las cuentas coincidan en la práctica con el informe de auditoría externa ya facilitado con arreglo al apartado 2.4.2.

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acompañada de los documentos justificativos exigidos. Si el solicitante ha firmado un contrato con el Órgano de Contratación con anterioridad, puede presentar el número de entidad legal en lugar de la ficha de entidad legal y los documentos justificativos necesarios, a menos que su estatuto jurídico haya cambiado desde entonces.

 6. La ficha de identificación financiera del solicitante principal (no de los cosolicitantes) según el modelo que se incluye como anexo E de la presente Guía, certificada por el banco en el que se vayan a efectuar los pagos. Dicho banco deberá estar ubicado en el país en que esté establecido el solicitante principal. Si este ha presentado ya una ficha de identificación financiera en el pasado para un contrato cuyos pagos hayan corrido a cargo de la Comisión Europea y tiene la intención de utilizar la misma cuenta bancaria, podrá presentar simplemente una copia de la anterior ficha de identificación financiera.

7. Último informe de actividades de la organización solicitante.

Los documentos deberán presentarse en forma de originales, copias o versiones escaneadas (que muestren sellos, firmas y fechas legibles) de tales originales.

En el caso de que los documentos no estén redactados en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea, se adjuntará la traducción de las partes pertinentes de aquellos en las que se demuestre la elegibilidad del solicitante principal y, en su caso, de los cosolicitantes y entidades afiliadas, para permitir un análisis de la solicitud.

En el caso de que los documentos estén redactados en una lengua oficial de la Unión Europea que no sea español, se recomienda encarecidamente, para facilitar la evaluación, adjuntar la traducción al español de las partes pertinentes de los mismos en las que se demuestre la elegibilidad del solicitante principal y, en su caso, de los cosolicitantes y entidades afiliadas, a dicha lengua.

En el caso de que no se presenten los documentos justificativos mencionados dentro del plazo indicado en la petición de dichos documentos justificativos remitida al solicitante principal por el Órgano de Contratación, la solicitud podrá ser rechazada. Tras verificar los documentos justificativos, el Comité de Evaluación hará una recomendación final al Órgano de Contratación, que decidirá sobre la concesión de las subvenciones.

Nota: En caso de que el Órgano de Contratación no esté conforme con la fuerza, solidez y garantía ofrecidas por el vínculo estructural entre uno de los solicitantes y su entidad afiliada, podrá exigir la presentación de los documentos que falten para convertirla en cosolicitante. Si se presentan todos los documentos que faltan para los cosolicitantes, y siempre que se cumplan todos los criterios de elegibilidad necesarios, la entidad mencionada pasará a ser cosolicitante a todos los efectos. El solicitante principal deberá presentar el formulario de solicitud revisado en consecuencia.

 

globe-logo.png2.5. NOTIFICACIÓN DE LA DECISIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.5.1. Contenido de la decisión

Se informará a los solicitantes principales por escrito de la decisión del Órgano de Contratación sobre su solicitud y, en caso de rechazo, de los motivos de tal decisión negativa. Esta notificación se enviará por correo electrónico y aparecerá en línea automáticamente en el perfil de PROSPECT del usuario que haya presentado la solicitud. Los solicitantes principales que, en casos excepcionales (véase la sección 2.2), hayan tenido que presentar su solicitud por correo postal o en mano, recibirán la notificación por correo electrónico o por correo postal si no han proporcionado una dirección de correo electrónico. Por lo tanto, compruebe regularmente su perfil de PROSPECT, teniendo en cuenta el calendario indicativo que figura más adelante.

Los solicitantes que consideren que han sido perjudicados por un error o una irregularidad durante el proceso de adjudicación podrán presentar una queja. Para mayor información, véase la sección 2.4.15 de la Guía Práctica.

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 Se informa a los solicitantes, y en caso de personas jurídicas, a aquellas personas que tengan facultades de representación, de toma de decisiones o de control sobre dichas personas jurídicas, de que, en caso de encontrarse en cualquiera de las situaciones de exclusión o detección precoz, sus datos personales (nombre y apellidos, en caso de personas físicas, domicilio, forma jurídica, nombre y apellidos de las personas con poderes de representación, de toma de decisiones o de control, en caso de personas jurídicas) podrían ser incluidos en el sistema de exclusión y detección precoz y comunicados a las personas y entidades afectadas, en relación con la adjudicación o ejecución de un contrato de subvención. Para más información, véase la declaración de confidencialidad disponible en http://ec.europa.eu/budget/explained/management/protecting/protect_en.cfm

2.5.2. Calendario indicativo

FECHA HORA

1. Reunión informativa (en su caso) N/A N/A

 2. Plazo para solicitar aclaraciones al Órgano de Contratación 16/04/2019 –

3. Plazo para la comunicación de aclaraciones por el Órgano de Contratación 26/04/2019 –

4. Plazo de presentación de los documentos de síntesis 07/05/2019 23:00 horas Bruselas 16:00 horas CDMX

5. Información a los solicitantes principales sobre la apertura, la verificación administrativa y la evaluación de los documentos de síntesis (etapa 1) 04/06/2019 –

6. Invitación a presentar solicitudes completas 04/06/2019 - 6. Plazo de presentación de las solicitudes completas 23/07/2019 23:00 horas Bruselas 16:00 horas CDMX

7. Comunicación a los solicitantes principales de la evaluación de las solicitudes completas (Etapa 2) 13/08/2019 –

8. Notificación de la adjudicación (previa verificación de la elegibilidad) (Etapa 3) 01/09/2019 –

 9. Firma del contrato 01/10/2019 - Todas las horas corresponden a la zona horaria del país del Órgano de Contratación.

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Este calendario orientativo contiene fechas provisionales (excepto las fechas 2, 3 y 4), y podrá ser actualizado por el Órgano de Contratación durante el procedimiento. En tal caso, el calendario actualizado será publicado en el sitio web de la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo: https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/onlineservices/index.cfm?ADSSChck=1550168786844&do=publi.welcome&userlanguage=es

 

globe-logo.png2.6 CONDICIONES APLICABLES A LA EJECUCIÓN DE LA ACCIÓN TRAS LA DECISIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE CONCEDER UNA SUBVENCIÓN

Tras la decisión de conceder una subvención, se propondrá un contrato al beneficiario o beneficiarios de acuerdo con el modelo de contrato de subvención (véase el anexo G de la presente Guía). Al firmar la solicitud (anexo A de la presente Guía), el solicitante, en el caso de serle concedida una subvención, declara aceptar las condiciones del modelo de contrato de subvención. Cuando el coordinador sea una organización cuyos pilares hayan sido evaluados positivamente firmará, un acuerdo de contribución un convenio de subvención con evaluación por pilares basado en el modelo acuerdo de contribución PAGoDA. En tal caso, no se aplicarán las referencias a las disposiciones del modelo de contrato de subvención y sus anexos. Las referencias de la presente Guía al contrato de subvención se entenderán como referencias a las correspondientes disposiciones del contrato de contribución.

Contratos de ejecución

Cuando la ejecución de la acción requiera que el beneficiario y sus eventuales entidades afiliadas (si las hubiera) recurran a la celebración de contratos públicos, esos contratos deberán adjudicarse de conformidad con el anexo IV del modelo de contrato de subvención.

En este contexto, debe hacerse una distinción entre la adjudicación de los contratos de ejecución y la subcontratación de partes de la acción descrita en la propuesta, es decir, la descripción de la acción adjunta al contrato de subvención, dado que este tipo de subcontratación esté sujeta a restricciones adicionales (véanse las Condiciones Generales del modelo de contrato de subvención).

Adjudicación de los contratos de ejecución: los contratos de ejecución se refieren a la adquisición por los beneficiarios de los servicios ordinarios o de los bienes y equipos necesarios como parte de su gestión del proyecto; no cubren la externalización de las tareas que forman parte de la acción descrita en la propuesta, es decir, en la descripción de la acción adjunta al contrato de subvención.

Subcontratación: la subcontratación es la aplicación, por un tercero con la que uno o más beneficiarios han celebrado un contrato público, de tareas específicas que forman parte de la acción, tal como se describen en el anexo del contrato de subvención (véanse también las Condiciones Generales del modelo de contrato de subvención).

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LISTA DE ANEXOS

DOCUMENTOS QUE DEBEN CUMPLIMENTARSE

Anexo A: Formulario de solicitud de subvención (formato Word)

Anexo B: Presupuesto (formato Excel)

Anexo C: Marco lógico (formato Word)

Anexo D: Ficha de entidad legal41

Anexo E: Formulario de identificación financiera

Anexo F: Formulario EuropeAid del registro offline (EXCLUSIVAMENTE SI ES IMPOSIBLE REGISTRARSE EN PADOR)

DOCUMENTOS INFORMATIVOS42

Anexo G: Modelo de contrato de subvención, disponible en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/europeaid/prag/annexes.do?chapterTitleCode=E

- Anexo II: Condiciones Generales

- Anexo IV: Normas de adjudicación de contratos

- Anexo V: Modelo de solicitud de pago

 - Anexo VI: Modelo de informe financiero y descriptivo

-Anexo VII: Modelo de informe de resultados concretos y de Pliego de Condiciones para una comprobación de gastos de un contrato de subvención para acciones exteriores financiado por la UE

 -Anexo IX: Modelo de formulario para la transferencia de la propiedad de activos

Anexo H: Dietas (per diem), disponibles en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/europeaid/funding/about-procurement-contracts/procedures-and-practical-guideprag/diems_en

Anexo J: Información sobre el régimen fiscal aplicable a los contratos de subvención firmados en el marco de la convocatoria

Anexo K: Guía para la evaluación de las opciones de costes simplificados - OCS en materia de gastos.

 Enlaces útiles:

Directrices sobre el ciclo de gestión de proyectos http://ec.europa.eu/europeaid/aid-delivery-methods-project-cycle-management-guidelines-vol-1_en

Ejecución de los contratos de subvención

Manual del usuario http://ec.europa.eu/europeaid/companion/document.do?nodeNumber=19&locale=en

Guía básica financiera http://ec.europa.eu/europeaid/funding/procedures-beneficiary-countries-and-partners/financial-managementtoolkit_en

41 Aplicable solamente si la Comisión Europea es quien va a efectuar los pagos en virtud de los contratos que se firmen.

42 Los siguientes documentos también deberán ser publicados por el Órgano de Contratación.

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Nota: téngase en cuenta que la guía básica no forma parte del contrato y no tiene validez legal. Ofrece simplemente orientación general y puede diferir en algunos detalles del contrato de subvención firmado. Para garantizar la conformidad con sus obligaciones contractuales, los beneficiarios no deben confiar exclusivamente en la guía básica, sino consultar siempre los documentos de su contrato individual.